POLÍTICA

Gobierno exhorta a patrones a cumplir con nuevas disposiciones de la llamada Ley Silla

Las empresas tienen la obligación de adecuar el Reglamento Interior de Trabajo a la reforma legal.

Las multas por incumplir la Ley Silla van de 250 a 2,500 UMAs.
Las multas por incumplir la Ley Silla van de 250 a 2,500 UMAs.Créditos: Pexels.
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El gobierno de México exhortó a los patrones y centros de trabajo de los sectores industrial, comercial y de servicios a cumplir cabalmente con las nuevas obligaciones que establece la llamada Ley Silla.

Gobierno exhorta a patrones a cumplir con nuevas disposiciones de la Ley Silla

Al dar a conocer que este 15 de diciembre entró en vigor la totalidad de la reforma, la Secretaría del Trabajo destacó que las medidas que contiene fortalecen la prevención de riesgos, reducen la fatiga y las lesiones musculoesqueléticas, y contribuyen al bienestar y la productividad de las personas trabajadoras.

Explicó que, desde esta fecha, todas las obligaciones previstas en el marco normativo quedan plenamente exigibles.

Entre ellas, destaca la obligación de proporcionar asientos o sillas con respaldo a las personas trabajadoras que realizan sus actividades de pie, permitiendo que alternen entre estar de pie y sentarse sin interrumpir sus labores.

Si esto no es posible por la naturaleza de las tareas, el patrón deberá proporcionar sillas con respaldo en un área cercana, acordando con las personas trabajadoras el número de pausas y la duración de cada una, con el fin de garantizar el derecho efectivo al descanso.

Las empresas tienen la obligación de adecuar el Reglamento Interior de Trabajo a la reforma legal. La dependencia anunció que incorporará en su Programa Anual de Inspección para 2026 la verificación del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la Ley Silla.

Explicó que el objetivo es acompañar a los centros de trabajo en la correcta implementación de este cambio normativo, asegurando condiciones que favorezcan la salud, el descanso y la prevención de riesgos laborales para todas las personas trabajadoras que realizan actividades en bipedestación.

Las multas por incumplir la Ley Silla van de 250 a 2,500 UMAs, lo que equivale a 28 mil y 282 mil pesos. En casos graves o reincidencia, las sanciones pueden incluir la suspensión temporal de actividades del centro de trabajo.