Llega la hora de la junta y con ello el: “Por favor, sus cámaras prendidas”… Y aunque sabemos el por qué de la negativa de muchos, es importante conocer cómo está legislado el Home Office en México para saber nuestros derechos y obligaciones, según la Ley Federal de Trabajo(LFT).
El desarrollo de las herramientas digitales ayudó bastante para que, durante la pandemia por Covid-19 los trabajos y escuelas recobraran su curso para amortiguar las pérdidas existentes.
Hasta el año 2019, sólo 40% de las empresas e instituciones del país ofrecían a sus colaboradores la posibilidad de trabajar de forma remota desde sus hogares; apunta el portal SAP Concur.
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El teletrabajo, o como se encuentra estipulado oficialmente en la Ley Federal Trabajo “Trabajo a domicilio” fue regulada mediante la Norma Oficial Mexicana (NOM-037-STPS-2023) y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 8 de junio de 2023.
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¿Estoy obligado a prender mi cámara durante el Home Office?
Sí, pero dependiendo para qué, pues de acuerdo a la normativa antes mencionada, estipula que la única actividad para la cuál es obligatorio el encender cámaras y micrófonos será al momento de llevar a cabo algún tipo de reuniones, videoconferencias, capacitaciones y cuestiones relacionadas con la seguridad e higiene en el lugar de trabajo.
Eso quiere decir que, durante tu horario laboral habitual, no estás obligado u obligada a encender tu cámara.
Derechos como trabajador en el teletrabajo
Además, es importante señalar que dentro de tus derechos en el Home Office, tienes derecho a la desconexión y a la igualdad de trato en cuanto a remuneración, capacitación, formación y seguridad social, tal y como lo dice el artículo 331 de la LFT.