A pesar de que la nueva ley que regula el teletrabajo ya fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, será hasta diciembre que entre en vigor, pues las autoridades mexicanas han brindado un periodo de unos seis meses para que los trabajadores y empleadores se informen y capaciten al respecto.
Tras enterarse de la expedición de la NOM 037 concerniente al “home office”, tanto las empresas como los empleados han ido expresando sus dudas al respecto, pues aun circulan diversos rumores sobre lo que podría ocurrir cuando entre en vigor.
Uno de estos rumores es que las empresas estarán obligadas a otorgar la modalidad de teletrabajo a las personas que lo soliciten, lo cual es falso, pues la nueva ley les da la libertad a los empleadores para llevar a cabo sus propias evaluaciones sobre la conveniencia del “home office” en sus empleados.
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Lo que sí establece la NOM 037
Esta nueva ley está enfocada en garantizar la seguridad, comodidad y salud de los empleados que trabajan desde casa, por lo que incluye los mandatos que deberán cumplir ambas partes de quienes integren la relación laboral.
Por parte del empleador, esta normativa contempla que deberá proveer de todos los insumos necesarios para que los trabajadores que laboren desde casa realicen sus labores cotidianes de manera cómoda, por lo que deberán otorgar equipo de cómputo y ergonómico, como lo son sillas de trabajo.
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De la misma forma, el empleado está obligado a mostrar a su empleador el lugar en el cual va a desarrollar sus labores, el cual deberá estar bien ventilado, iluminado y sin fuentes de ruido que puedan causar molestas o distracción a la hora de trabajar.
Asimismo, esta ley contempla que los trabajadores a distancia deben de contar con las mismas prestaciones que sus colegas, las cuales ya se incluyen en la Ley Federal del Trabajo, como lo son el aguinaldo, vacaciones y utilidades.