NUEVO LEÓN

Juez de Reynosa deja sin efecto suspensión de Javier Navarro para ser gobernador interino de NL

Con esta suspensión, el gobernador de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda buscaba dejar a cargo a Navarro Velasco del despacho.

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El Juez Séptimo de Distrito de Reynosa, Tamaulipas, Juan Fernando Alvarado López dejó sin efecto la suspensión definitiva otorgada al secretario General de Gobierno, Javier Navarro Velasco

Con esta suspensión, el gobernador de Nuevo León, Samuel García Sepúlveda, pretendía dejar a Navarro Velasco como el encargado del despacho durante su licencia de seis meses.

Esta decisión surge como respuesta a una aclaración solicitada por Arturo Salinas Garza, quien había sido nombrado como gobernador interino de Nuevo León, por el Congreso local. 

De acuerdo con una síntesis informativa del resolutivo que solicitó Arturo Salinas, quien es magistrado presidente con licencia del poder Judicial local, se aclaró que quedó sin efectos la suspensión definitiva que se había otorgado.

Esto luego de la resolución del Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Javier Laynez y los resolutivos de la Salas Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

"Al respecto, la suspensión definitiva emitida en el presente asunto fue concedida, para los efectos siguientes: se concede la suspensión definitiva para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado en que se encuentran y por tanto se respete el ejercicio del encargo del despacho del Poder Ejecutivo del Estado de Nuevo León al quejoso como Secretario General de Gobierno, hasta en tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación o bien el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el ámbito de sus competencias resuelvan en definitiva sobre el impedimento respectivo o bien determinen la forma en
que deberán quedar las cosas o en su caso que se resuelva en definitiva el presente juicio de amparo" se lee en el texto.

"Del análisis de dicha determinación, se advierte que el efecto de la suspensión tenía vigencia hasta en tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación o bien el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación en el ámbito de sus competencias resolvieran sobre el impedimento respectivo o bien determinaran la forma en que debían quedar las cosas", continúa el escrito.