El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, mediante la cual desechó la denuncia que interpuso César Iván Hernández Cortés contra las diputadas de ese instituto político que votaron contra el desafuero de Cuauhtémoc Blanco Bravo.
La Sala Superior del órgano jurisdiccional aprobó por mayoría el proyecto del magistrado Felipe Fuentes Barrera, quien argumentó que los órganos de justicia partidista carecen de atribuciones para iniciar procedimientos en contra de personas legisladoras cuando actúan en el ejercicio de sus funciones parlamentarias.
No obstante, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quien votó en contra, aseveró que los partidos políticos sí pueden sancionar a sus militantes en el desempeño de un cargo legislativo.
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“En consecuencia, si bien la regla general debe ser proteger las funciones parlamentarias de los otros poderes públicos, también considero que los partidos políticos sí pueden, a través de sus órganos de justicia intrapartidaria y de manera excepcional, sancionar a sus militantes en el desempeño de un cargo legislativo ante situaciones que de manera clara y objetiva implicaran un menoscabo a los principios ideológicos del partido o un incumplimiento de las obligaciones y responsabilidades de la militancia”.
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Rodríguez Mondragón puntualizó que el objeto de un procedimiento disciplinario en relación con las expresiones o autos de un militante en el desempeño de un cargo legislativo no es para analizar la validez del acto parlamentario, sino para evaluar si las conductas denunciadas atentan contra los principios ideológicos y disposiciones internas de los partidos políticos en los que militan.