Un juez federal otorgó la suspensión provisional a víctimas directas e indirectas de la Línea 12, así como a otras que sufrieron un accidente en la Línea 3 del Metro el pasado 7 de enero, que obliga al Gobierno de la Ciudad de México a verificar el mantenimiento de las instalaciones, la adecuada operación y la seguridades para los miles de usuarios que diariamente viajan en las 12 Líneas.
El penalista Teófilo Benítez Granados, sostuvo que el objetivo del presente amparo 63/2023 es es evitar que se repita la tragedia qué enlutó a 26 familias en mayo de 2021, cuando colapso la Línea 12 del Metro, y otra víctima mortal, una estudiante de la UNAM, en el tramo Portero-La Raza de la Línea 3, y donde en ambos casos sumaron más de 200 personas lesionadas.
Dicha suspensión no interfiere en la operación del tramo que reinició operación el domingo pasado, de Atlalilco a Mixcoac, de la también llamada Línea Dorada, por lo que seguirá otorgando servicio de manera normal, al igual que la Línea 3.
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El Juez Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Administrativa concedió la suspensión para que las autoridades involucradas en el funcionamiento y mantenimiento adecuado de instalaciones y operación del Metro, garanticen el derecho a la movilidad con plena seguridad, consagrado en el Artículo Cuarto de la Constitución Política de nuestro país.
En la demanda de juicio de amparo, las víctimas plantearon a la Jefa de Gobierno, Claudia Sheinbaum, que garantice la no violación al derecho humano de movilidad en condiciones de seguridad vial, accesibilidad, eficiencia, sostenibilidad, calidad, inclusión e igualdad, previsto en dicho artículo de la Carta Magna, cuya finalidad es que el Sistema de Transporte Colectivo Metro opere en condiciones de seguridad.
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En los mismos términos, va dirigido al director general del Metro, Guillermo Calderón, a la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, Al Congreso de la Ciudad de México y al recién creado Consejo Consultivo del Metro.
El Juez Ulises Oswaldo Rivera González determinó: "Este órgano jurisdiccional estima que procede conceder la suspensión solicitada, para el efecto de que las autoridades responsables procedan a ejercer las facultades que las leyes y reglamentos les confieren, a fin de realizar las actuaciones necesarias, a fin de verificar el adecuado y oportuno mantenimiento y operación del Sistema de Transporte Colectivo Metro”.
Lo anterior para “ofrecer a los usuarios la óptima seguridad, continuidad y calidad en el servicio y evitar poner en riesgo la integridad sus vidas".
Para las víctimas, dicho amparo representa no solo un acto de justicia, sino garantizar la integridad de 5.6 millones de personas que a diario viajan en las diferentes líneas del Metro, afirmó el jurista Teófilo Benítez Grandos.
Con base en esa premisa, es que la suspensión no prevé frenar las actividades de las líneas 12 y 3 del Metro, ni de ninguna otra, ya que se podrían causar daños de difícil, o incluso, imposible reparación, además qué se lastimaría el derecho humano a la movilidad, estableció el Juez Cuarto de Distrito de Amparo en Materia Penal.