El uso de herramientas tecnológicas estipulado en el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares (CNPCyF) no funcionará por sí solo, afirmó el magistrado de la Séptima Sala Civil, Yaopol Pérez Amaya Jiménez, del Tribunal Superior de Justicia de Ciudad de México (TSJ), al destacar los principios y la lealtad procesal con la que deben conducirse los abogados litigantes.
Precisó que el citado ordenamiento se inclinó por el manejo de diversos medios tecnológicos en razón de que se facilite la comunicación entre los operadores jurídicos, ya que sus principios y objetivos tienen la ideología de apartarse del sistema escrito.
En un comunicado, señaló que el avance de las nuevas herramientas tecnológicas en materia de impartición de justicia, a diferencia de lo que ocurre en otros sectores, como el bancario ha sido complicado, derivado de que el sistema escrito prevaleció en México desde la década de los años 30 del siglo pasado.
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Pérez Amaya Jiménez comentó que uno de los problemas que se han enfrentado en el marco del proceso estipulado por el CNPCyF es que no hay confianza entre los abogados litigantes en herramientas como la audiencia a distancia, subrayó en el Ciclo de Conferencias de Actualización Judicial 2025 del PJCDMX, .
Consideró que es a través del principio de contradicción, previsto en el CNPCyF, como se podían salvar este tipo de situaciones, ya que este permitiría al juez parar la audiencia para advertir a la persona que, en la audiencia a distancia está leyendo o tomando notas.
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“Las herramientas tecnológicas por sí solas no van a funcionar si no aplicamos otro principio que está en el código nacional y que siempre ha existido, pero es difícil de aplicar: lealtad procesal”, aseguró.
Pérez Amaya Jiménez enfatizó la relevancia de este principio, al señalar que el abogado litigante debe ser leal con su cliente, con su contrario y con el juez.
Dijo: “Tienes que tener lealtad procesal y lealtad incluso sustantiva; se han dado casos en materia familiar donde se hacen acusaciones muy graves: tocamientos a niñas, niños de parte del papá, y cuando vienen a audiencia se esclarece que el abogado recomendó que se dijera eso. Cómo un abogado puede recomendar eso para ganar una medida cautelar, cobrar, y no dejar al papá ver a sus hijos durante seis meses”, puntualizó.
Por ello, insistió en que al uso de herramientas tecnológicas debe dársele acompañamiento con los principios de lealtad procesal, oralidad, inmediación y todos los previstos en el CNPCyF.
@amarilloalarcon
