Los 90 transportistas de Ruta 57, que brindaban servicio en las alcaldías Benito Juárez y Álvaro Obregón obtuvieron la protección de una suspensión definitiva en el juicio de amparo contra la determinación de la Secretaría de Movilidad (SEMOVI) de revocarles su derecho humano al trabajo.
El líder de la ruta 57 Arturo Maya, informó a través de un comunicado que el juzgado Décimo Tercero de Amparo en Materia Administrativa con sede en la Ciudad de México, notificó este miércoles la decisión de otorgar a los demandantes, la suspensión definitiva lo cual consideró como un paso implrtante para los transportistas.
"La Semovi buscó la forma de echarnos de la ruta para favorecer, mediante argucias legales, a supuesto líder de la ruta 57 encabezados por Gabino Ortega y su empresa TVO, a quien sus propios chóferes ligan con el líder criminal Lenin Canchola, ellos se alinearon con Lajous y salieron favorecidos porque ahora operan todos los ramas la ruta en un corredor zonal", expuso.
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De acuerdo con el expediente 58/2024, la autoridad judicial notificó a las partes interesadas la revocación del recurso de queja que interpuso la autoridad capitalina, contra la suspensión provisional que inicialmente dictó el Juzgado Décimo Tercero de Distrito en Materia Administrativa.
En consecuencia el juzgador resolvió otorgar la suspensión definitiva a los concesionarios y operadores de la ruta 57, con efectos inmediatos para reiniciar sus operaciones en sus trayecto que tuvieron durante más de 50 años.
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Con ello, la Semovi y no podrá ejercer la extinción de los transportistas y deberá sujetarse a las disposiciones emitidas por la autoridad judicial para que la empresa TVO no preste la totalidad del servicio, como dicta la resolución judicial.
Durante el tiempo que se extienda el juicio de amparo, los 90 transportistas de la ruta 57 podrán brindar servicio a los usuarios de Mixcoac, Tacubaya y San Ángel a la parte de alta de Álvaro Obregón y Magdalena Contreras.
“Se revoca el acuerdo recurrido de la Secretaría de Movilidad y se concede la suspensión para el efecto de que se permita a los quejosos circular y prestar el servicio público de Transporte Colectivo de pasajeros en la ruta a que se refieren sus concesiones, esta medida cautelar tendrá efecto para los vehículos que tengan las concesiones presentadas por los demandantes y condiciones de salir a servicio”, refiere el citado expediente.
La medida cautelar será aplicable en un lapso más extenso, toda vez que se otorgó la suspensión de manera definitiva, para los efectos del tiempo que dure el juicio de amparo en los que se pretende que la autoridad capitalina, respete el derecho humano al trabajo de concesionarios y operadores que por décadas han prestado el servicio y que por una decisión oficial fueron echados de sus fuentes de trabajo, con el argumento de incorporar nuevas unidades a ese servicio.
No obstante, los transportistas que obtuvieron la suspensión definitiva reiteran su decisión de adecuarse a la transformación con nuevas unidades, con las empresas que ellos elijan y no con las que impuso la autoridad.