ALTO TRIBUNAL

Lenia Batres acusa a pleno de SCJN de aplicar leyes inexistentes contra sus proyectos

Las ministras y ministros determinaron que no procede el recurso de revisión contra las sentencias emitidas por las extintas Salas, garantizando el principio de cosa juzgada.

Lenia Batres, ministra de la SCJN.
Lenia Batres, ministra de la SCJN.Créditos: SCJN
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El tema de la cosa juzgada volvió a generar una nueva división en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a grado tal que la ministra Lenia Batres Guadarrama acusó al pleno de aplicar normas inexistentes para modificar sus proyectos de resolución.

Por unanimidad, el alto tribunal aprobó el proyecto de resolución de Batres Guadarrama, quien propuso desechar el recurso de revisión que interpusieron agentes del Ministerio Público de la Federación contra de la resolución del 11 de julio de 2025 de la extinta Primera Sala, mediante la cual ordenó la inmediata libertad de Juana Hilda González Lomelí, quien fue sentenciada por los delitos de secuestro, delincuencia organizada y posesión de armas de fuego, relacionados con el secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace.

Las ministras y ministros determinaron que no procede el recurso de revisión contra las sentencias emitidas por las extintas Salas, garantizando el principio de cosa juzgada.

El diferendo entre los integrantes de la Corte lo ocasionó el párrafo 52 del proyecto que establece que la resolución de este tema “no prejuzga sobre el criterio que la nueva integración de esta SCJN pudiera adoptar en torno a la figura de la cosa juzgada fraudulenta”.

Una mayoría de siete ministras y ministros se pronunciaron por eliminar el párrafo, a lo que se opuso Lenia Batres, al argumentar que están aplicando leyes inexistentes.

“Quieren cambiar las reglas, está bien, si insisten supongo que va atenerse a esto, no me parece adecuado, lo asumo bajo protesta y den todo caso le pido atentamente a este pleno que cambie formalmente las reglas, que no las asuma de manera precipitada y no las inserte para efecto de una sentencia en particular que es de su servidora porque eso no se aplicó antes y solicitó se haga en la próxima sesión, ya que se está aplicando una regla que no existe”.    

En respuesta, la ministra Yasmín Esquivel Mossa sostuvo que las resoluciones de la Corte no deben representar la voluntad de la persona que presenta el proyecto.

“Las decisiones que aquí se toman no representan, ni deben de representar la voluntad individual de una persona que presenta el proyecto o la propuesta de una de las personas ministras y ministros, pues de ser así se estaría atentando en contra de lo que la mayoría decide deliberando democráticamente. Cuando dictamos una sentencia como Suprema Corte de Justicia de la Nación no estamos dirigiéndonos a los justiciables a nombre propio, sino como órgano colegiado, donde la mayoría es quien decide frente a un proyecto que solamente es una propuesta”.   

Mientras que la ministra María Estela Ríos González aseveró que las decisiones de la mayoría deben acatarse.

Al final, a propuesta del presidente de la Corte, Hugo Aguilar, se acordó que Lenia Batres elabore el engrose de la sentencia, en el que deberá dejar claro que siete ministras y ministros pidieron la eliminación del párrafo 52.