La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) publicó el pasado 29 de agosto en el Semanario Judicial de la Federación las dos tesis que contienen los criterios aprobados por la extinta Primera Sala al resolver el amparo que promovió la cantante Sasha Sokol.
De esta forma, a partir del 1 de septiembre de este año estos criterios son obligatorios para todos los juzgadores.
La tesis 200/2025 establece que las relaciones sexoafectivas entre adolescentes y adultos en las que existe una brecha de edad considerable, pueden constituir un hecho ilícito, al tratarse de una forma de violencia sexual, para efectos de reclamar la indemnización por dichos actos sufridos durante la adolescencia.
Te podría interesar
Asimismo, señala que la inexperiencia y la falta de poder pueden exponer a las personas adolescentes a violaciones de sus derechos. Por ello, las edades mínimas legales no pueden considerarse como una permisión indiscriminada, pues existen supuestos en los que aun cuando la persona adolescente manifieste su consentimiento sexual, no puede considerarse que se hizo lisa y llanamente.
En tanto, la tesis 201/2025 estipula que es imprescriptible la acción para reclamar la indemnización por actos de violencia sexual sufridos durante la niñez y la adolescencia pues, de lo contrario, se violarían los derechos de acceso a la justicia, a una indemnización justa, a la libertad y a la seguridad sexual.
Te podría interesar
Al respecto, Sasha Sokol celebró que antes de su desaparición, la Primera Sala haya sumado a su legado jurisprudencial estas herramientas que amplían los derechos de las víctimas y contribuyen a un sistema de justicia más humano.
