El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) entregar las constancias de mayoría a 12 candidaturas que fueron declaradas inelegibles por no cumplir con el promedio académico de nueve para ocupar el cargo de magistrados de circuito y jueces de circuito.
De esta forma, ya suman 27 personas a las que el INE les debe entregar la constancia que los acredita como triunfadores en los comicios del 1 de junio, por lo que aún está pendiente el caso de 18 candidaturas.
La presidenta del órgano jurisdiccional, Mónica Soto Fregoso, afirmó que todas las personas que fueron electas cumplen con el promedio académico.
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“Las personas que hoy están seleccionadas, que lograron un triunfo en las urnas, sí tienen las calificaciones correspondientes, como por ahí alguien señaló que ‘el Tribunal subió a reprobados’. Ningún, ninguna de las personas que están asumiendo o asumirán un cargo, que asumieron, que fueron electas por voto popular tienen una calificación menor a ocho o a nueve en las materias que fueron preseleccionadas”.
Por su parte, el magistrado Felipe Fuentes Barrera negó que se esté abriendo la puerta a perfiles sin mérito.
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“El problema no es que alguien haya tenido malas calificaciones, el problema es que con un método nuevo, incluso personas con trayectorias académicas destacadas, pueden quedar excluidas injustamente. No estamos abriendo la puerta a perfiles sin mérito, estamos cerrando la puerta a decisiones arbitrarias que vulneran la certeza electoral, la seguridad jurídica y la división de funciones. Quienes estuvieron en la boleta no llegaron espontáneamente, llegaron porque cumplieron los requisitos constitucionales”.
Por su parte, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón advirtió que incluir a candidaturas inelegibles debilita la capacidad del sistema electoral para reflejar la voluntad ciudadana.
“Al asignar el cargo a la segunda persona más votada ante la inelegibilidad de la candidatura ganadora, la persona más votada, se afecta el principio democrático, el voto ciudadano y su autenticidad, porque provoca que la mayoría de votos válidos no sean a favor de la persona que asume el cargo y, entonces, lo que tendríamos como resultado es imponer autoridades que no gozan del mayor respaldo popular en la elección”.
En este contexto, la Sala Especializada del TEPJF determinó que la ministra Yasmín Esquivel no cometió ninguna infracción por promocionar su imagen en un sitio web.
