La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó la inmediata liberación de Juana Hilda González Lomelí, una de las implicadas en el secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace, hechos por los que fue condenada a 78 años y 9 meses de prisión.
Con el voto en contra del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, la Primera Sala aprobó el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien propuso otorgarle el amparo liso y llano a González Lomelí, quien lleva 19 años privada de su libertad.
Las ministras y ministros determinaron que la confesión de Juana Hilda no fue libre ni voluntaria, ya que se obtuvo mediante presiones, intimidaciones y amenazas, en un contexto de arraigo.
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Por ello, se declaró la nulidad de su testimonio y de cualquier otra prueba derivada con violación a sus derechos humanos.
Asimismo, en su proyecto Gutiérrez Ortiz Mena puntualizó que no es posible atribuir a la mujer la posesión de artefactos bélicos, ya que el 11 de enero de 2006, cuando supuestamente sucedieron los hechos, se encontraba en un lugar completamente distinto, y no los tenía dentro de su radio de acción y disponibilidad.
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Agregó que tampoco fue posible derrotar la presunción de inocencia de Juana Hilda para demostrar que fue autora de los delitos de secuestro agravado, delincuencia organizada y posesión de arma de fuego y cartuchos para armas de fuego de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas.
Al respecto, el Instituto Federal de la Defensoría Pública afirmó que esta resolución de la Primera Sala debe tener efectos inmediatos en los casos de César Freyre, Brenda Quevedo y Jacobo Tagle, pues las acusaciones en su contra se basan en las mismas pruebas que la SCJN declaró nulas, por lo que deberán excluirse de forma inmediata.
