APLICACIONES

SCJN rechaza proyecto que proponía amparar a Uber contra pago de impuesto

Rechazan proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, quien proponía un amparo a la empresa Uber.

El litigio derivó de la reforma al artículo 307 Ter del Código Fiscal local que aprobó en diciembre de 2021.
El litigio derivó de la reforma al artículo 307 Ter del Código Fiscal local que aprobó en diciembre de 2021.Créditos: Cuartoscuro
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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán, quien proponía otorgar el amparo a la empresa Uber para que no se le cobre el impuesto del 2 por ciento que deben pagar las aplicaciones digitales al Gobierno de la Ciudad de México por el uso del aprovechamiento de la infraestructura de la capital.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien emitió el voto de desempate, expuso las razones por las cuales no comparte el sentido del proyecto.

“Estoy en contra del proyecto, me parece que el cobro no encuadra como derecho. No obstante, me parece que existen agravios por estudiar, toda vez que el proyecto parte de la premisa de que estamos ante un derecho y por lo tanto, si bien estoy en contra del proyecto, no me pronuncio en este momento sobre la inconstitucionalidad del cobro”.

El asunto fue returnado a la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien deberá presentar un nuevo proyecto de la mayoría, en donde se deberá negar el amparo a la empresa.

El litigio derivó de la reforma al artículo 307 Ter del Código Fiscal local que aprobó en diciembre de 2021, el Congreso de la Ciudad de México para establecer el cobro a las compañías que administran aplicaciones móviles para envíos y entregas a domicilio.

El Poder Legislativo local consideró que la restricción de movimiento social, debido a la pandemia por Covid, provocó una aceleración vertiginosa en el crecimiento del comercio electrónico, en la cual destacó el sector de la entrega de alimentos, mercancías o víveres.

Por ello, avalaron que se cobrara el porcentaje del total de las ventas, por cada entrega de personas físicas o morales que operen, utilicen, administren aplicaciones móviles, a través de las cuales los usuarios puedan contratar la entrega de paquetería, alimentos, víveres o cualquier tipo de mercancía con entrega en territorio nacional.