POLÍTICA

Lenia Batres sufre revés; TEPJF confirma exclusión de sobrenombres de boleta judicial

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó el acuerdo del INE, mediante el cual rechazó incluir en las papeletas electorales los alias de 24 candidaturas.

Lenia Batres no podrá llamarse 'La ministra del pueblo'.
Lenia Batres no podrá llamarse "La ministra del pueblo".Créditos: Cuartoscuro
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La ministra Lenia Batres Guadarrama vio frustrada su pretensión para que el sobrenombre de “Ministra del pueblo” apareciera en la boleta de la elección judicial.

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual rechazó incluir en las papeletas electorales los alias de 24 candidaturas.

La Sala Superior aprobó, por unanimidad y sin mayor debate, el proyecto de la magistrada Mónica Soto Fregoso, quien consideró infundados e inoperantes los agravios de Batres Guadarrama, toda vez que la actuación de instituto fue acertada.

¿Por qué el TEPJF le dio revés a Lenia Batres?

La juzgadora argumentó que la utilización del sobrenombrepodría impactar en la contienda y generar una confusión en el electorado, toda vez que su uso no puede analizarse en forma aislada, sino que debe ubicarse dentro del contexto en el que se promociona la candidatura al cargo de ministra o persona integrante del tribunal de disciplina judicial, lo cual de ninguna forma contribuiría al correcto funcionamiento armónico de la vida democrática, por lo que dicha situación a la postre podría repercutir en la alteración de la emisión de un voto libre y razonado por parte del electorado”.

Puntualizó que permitir a una candidatura utilizar ese tipo de acrónimos, le da la oportunidad de aprovechar la publicidad o medios de propaganda empleada propiamente del cargo que ostenta para crear una identidad respecto a la propaganda electoral.

Agregó que Lenia Batres, al estar en funciones, resulta evidente, el posicionamiento, arraigo y presencia ante la ciudadanía, hecho que produciría una afectación al principio de equidad en la contienda.