CÁMARA DE DIPUTADOS

Bloqueo a la injerencia de servidores públicos en sindicatos, aprueban diputados

Avanza en San Lázaro la minuta del Senado en materia de autonomía sindical; el proyecto se enviará al Ejecutivo Federal.

La reforma prevé establecer normas de protección contra la injerencia de servidores públicos en la constitución.
La reforma prevé establecer normas de protección contra la injerencia de servidores públicos en la constitución.Créditos: Cuartoscuro
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La Cámara de Diputados avaló por unanimidad de 407 votos a favor, el dictamen previamente procesado en el Senado de la República en materia de autonomía sindical.

La reforma prevé establecer normas de protección contra la injerencia de servidores públicos en la constitución, funcionamiento, administración de sindicatos, para que no intervengan el libre desarrollo de sus elecciones, reelecciones, las condiciones de elegibilidad y la destitución de sus directivas.

Esos actos serán considerados faltas administrativas graves y sancionadas por la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

El proyecto se enviará al Ejecutivo Federal para su publicación oficial, informó la Mesa Directiva del recinto.

Al fundamentar el dictamen aprobado por todas las fracciones parlamentarias, la diputada del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Sonia Rincón, dio detalles del proyecto y afirmó que dar rango legal a la autonomía sindical será un gran avance en la democratización de la vida laboral del país.

“Hoy se abre un parteaguas al salvaguardar el derecho a la libre sindicación y elevar la autonomía sindical a rango de ley, blindándola de injerencias perniciosas y corruptas”, destacó.

Rincón Chanona enfatizó que la intervención de servidores públicos en la vida de los sindicatos será considerada una falta administrativa grave.

“Incorpora de manera clara la injerencia sindical como una conducta que se aleja de la honestidad y probidad que deben observar las personas servidoras públicas, que evitará tentaciones y sancionará con proporcionalidad a quien se empeñe en estar por encima de los derechos de las y los trabajadores”, agregó.

Rechazo a la injerencia sindical

Los cambios hechos a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B, del artículo 123 constitucional y a un artículo 64 Quáter a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, manifiesta que será injerencia sindical el coaccionar, inducir o amenazar a trabajadores para participar o no participar en campañas sindicales.

También será injerencia presionar a los agremiados para votar por una planilla, dirigente o determinado sindicato, ejercer presión, intimidación jerárquica para dar su apoyo o rechazo a determinada candidatura.

En la misma categoría caerán los actos para obligar o condicionar la asistencia a mítines, actos, o reuniones sindicales con efectos proselitistas, condicionar la prestación de servicios institucionales, apoyos, licencias o permisos laborales para emitir el voto o apoyar a cierta planilla.

Será injerencia sindical, ofrecer beneficios laborales, ascensos, estímulos o promociones a cambio de apoyos o votos sindicales; asimismo, negar, suspender o limitar derechos o programas internos, capacitación, bonos o reconocimientos, en represalia por no respaldar a alguna alternativa sindical.

Se configurará la falta cuando se utilicen programas institucionales o apoyos sociales para inducir o coaccionar el voto, usar o permitir el uso de fondos, bienes y servicios o personal institucional para apoyar o no dar apoyo a determinada planilla, corriente o dirigencia sindical.

La difusión de propaganda, mensajes o material institucional para promover o desacreditar a candidaturas o grupos gremiales; permitir el uso de instalaciones, vehículos, redes o infraestructura pública para promoción sindical; o dar apoyo o servicios institucionales para campañas por elecciones sindicales, será considerado injerencia.

El caso será el mismo para la entrega de aportaciones o la solicitud de contribuciones para financiar campañas sindicales.

Usar recursos o programas para impulsar ante los trabajadores a algún dirigente y no entregar información solicitada por la autoridad sindical o laboral sobre el desarrollo de elecciones gremiales; omitir o colaborar en proceso de verificación, vigilancia o supervisión sindical cuando la autoridad lo pida, así como la actuación parcial en procesos electorales afectando la equidad de esas contiendas; intervenir indebidamente en la equidad señalada, alterar la neutralidad institucional y utilizar el cargo para influir en la opinión de las personas trabajadoras, afectando la libertad del voto sindical, caerá en la categoría de la injerencia.