La Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados aprobó la Ley de Ingresos y la miscelánea fiscal para 2026, con todo y aumento de impuestos a refrescos, cigarros y otros productos como los videojuegos violentos.
La parte fiscal del paquete económico contempla los Ingresos, la Ley Federal de Derechos, cambios al Código Fiscal de la Federación y a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
Los ordenamientos salieron adelante con el voto de las bancadas del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Partido Verde (PVEM) y el Partido del Trabajo (PT). El voto en contra fue de las bancadas del Partido Acción Nacional (PAN), del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Movimiento Ciudadano (MC).
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Lo aprobado será enviado a la Mesa Directiva del recinto, para que lo ponga a debate en el Pleno este miércoles 14 de octubre.
Miscelánea fiscal
Al presentar los proyectos, el presidente de la Comisión, Carol Antonio Altamirano, explicó los principales cambios perfilados a la Ley Federal de Derechos, la Ley de los Impuestos Especiales sobre Producción y Servicios y el Código Fiscal de la Federación.
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Corroboró que avanzarán la propuesta de la Presidenta de la República, de subir el cobro de impuestos especiales a cigarros y bebidas saborizadas, y el propósito es que los recursos recaudados se destinen a la salud.
Aumento a cigarros
A puros y otros tabacos labrados hechos a mano, el IEPS subirá de 30.4 a 32 por ciento.
La cuota de impuesto especial por cigarro se incrementará gradualmente, a 0.85 en 2026, hasta llegar a 1.15 en 2030.
A otros productos con nicotina, explicó, se modificará la tasa propuesta por la Presidenta, de 200 a 100 por ciento, con el fin de evitar que crezca el comercio ilícito de bolsas de nicotina.
Indicó que para aplicar la cuota a productos con nicotina, se tomará en cuenta la cantidad de esa sustancia en un nivel de 8 miligramos por pieza.
Aumento a refrescos
En el caso de las bebidas saborizadas, explicó que la cuota de impuestos aumenta por litro, por lo que subirá de 1.6 a 3.08 el año siguiente.
Explicó que para “ampliar” la base del impuesto, se aplicarán IEPS a bebidas saborizadas con edulcorantes añadidos, teniendo en cuenta que se considerará como “edulcorante”, la sustancia natural o artificial que se adiciona para dar sabor dulce a productos diferentes a los azúcares.
Sueros orales pagarán impuestos
A los sueros orales, se cobrarán impuestos especiales a los que contengan sustancias distintas a las que marca la ley
“Se aclara que no causarán IEPS las enajenaciones de sueros orales que sólo contengan todas y cada una de las siguientes sustancias: glucosa anhidra, cloruro de sodio, cloruro de potasio y citrato trisódico. Se aclara que no se pagará IEPS por las importaciones de sueros orales que contengan todas y cada una de las sustancias”, anotó el legislador.
En cuanto a los juegos y sorteos, señaló que el IEPS aumentará de 30 a 50 por ciento, con el fin de desincentivar a los usuarios.
Asimismo, aplicará una tasa de 50 por ciento de impuestos a los juegos con apuestas y sorteos por internet, a través de cualquier medio electrónico.
Refrendó que se impondrá un nuevo gravamen de 8 por ciento a videojuegos cuyo contenido sea de violencia extrema y no apto para menores de edad, sean en formato físico o digital a través de espacios que permitan acceso o su descarga.
Ley de Derechos
En el caso de la Ley Federal de Derechos, puntualizó que se ajustan distintas tarifas a la alza para reflejar el valor real del servicio.
Entre otros ejemplos, precisó que se incrementarán las cuotas migratorias en 14.2 por ciento para visitantes sin permiso de trabajo, en 100 por ciento para residentes temporales permanentes; y habrá un descuento de 50 por ciento en las mismas en casos de “unidad familiar”, cuando haya una oferta de empleo nacional e invitaciones de tipo cultura.
abrá nuevos cobros por autorización para abordar embarcaciones en navegación de altura, por emisión de formatos de autorización de salida de menores al extranjero, por servicios migratorios a todos los vuelos no regulares, ya no habrá excepción para aeronaves privadas sin fines de lucro. Se mantienen las exenciones para protección civil y ambulancias aéreas.
En telecomunicaciones, abundó, se adecuarán los cobros por uso o aprovechamiento del espectro radioeléctrico.
Se actualizarán los cobros de derechos por inspección y vigilancia que pagan las casas de bolsa y de cambio.
Código Fiscal de la Federación
Respecto al Código Fiscal de la Federación, indicó que se ajustan las normas para frenar prácticas ilícitas cometidas por factureras a las que se aplicarán sanciones, al igual que a las operaciones simuladas y el uso indebido de sellos digitales.
Ello, para fortalecer la recaudación y la evasión y elusión fiscal.
Prevé que la autoridad podrá presentar querellas contra los contribuyentes a los que se determine que emiten comprobantes fiscales falsos.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrá negar la inscripción al Registro Federal de Causantes, a personas morales o empresas cuando se detecte que su representante legal, socios, accionistas, asociados y otros participantes, hayan realizado operaciones con facturas falsas y la conducta realizada amerita prisión preventiva.
Podrá realizar visitas domiciliarias en “procedimiento expedito”, para revisar, detectar, inhibir y sancionar a los contribuyentes que emitan comprobantes fiscales falsos.
Los contribuyentes que hayan recibido esos comprobantes apócrifos, tendrán 30 días para revertir el efecto fiscal, con una declaración complementaria.
La autoridad podrá restringir temporalmente los sellos digitales.
Se liberará a contribuyentes personas físicas que tributan en el régimen simplificado, de la obligación de presentar la declaración anual.
Contra el huachicol, se establecerán nuevos supuestos para restringir los certificados de sello digital, como emitir comprobantes fiscales sin clave registro o sin el número de permiso que da la Comisión Nacional de Energía.
Se agregan supuestos de infracción en materia de controles volumétricos, para quienes destruyan o alteren sellos de clausura.
Revisión de información en plataformas digitales
El presidente de la Comisión apuntó que la autoridad fiscal podrá acceder a la información de las personas en línea y en tiempo real, que esté en plataformas digitales, con el fin de verificar el cumplimiento de obligaciones también fiscales.
Ello, para que la autoridad no caiga en abusos, recupere y haga uso adecuado de la información fiscal que obtenga, lo que no implicará violación a derechos humanos a la privacidad y protección de datos, remarcó.
Ley de Ingresos
Por separado, Antonio Altamirano presentó los detalles de la Ley de Ingresos del año entrante.
Refrendó los principales criterios de política económica, que prevén un crecimiento de entre 1.8 y 2. 8 por ciento.
El tipo de cambio será de 19.3 pesos por dólar.
Se estima una plataforma de producción petrolera de 1.8 millones barriles diarios y el precio del barril de crudo en 54.9 dólares.
Señaló que los ingresos de la Federación serán de 10.1 billones de pesos, la misma cifra que el presupuesto de Egresos para 2026.
Ello, porque en el dictamen de Ingresos se sumó a estos el monto del endeudamiento interno, que será de 1.7 billones de pesos y de 15 mil 500 millones de dólares en el ámbito externo y con el fin de financiar el presupuesto.
Los ingresos a captar el año siguiente, abundó, se obtendrán a través de la repatriación de capitales para inversiones en actividades ilícitas, al eliminar la deducibilidad del Impuesto Sobre la Renta (ISR) para las cuotas que pagan los bancos al Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, IPAB; aunado a que se eliminará el régimen especial para créditos incobrables.
Agregó que la tasa de retención de impuestos para personas morales que tienen negocios en plataformas digitales, es decir, personas que venden productos en el comercio por internet.
En ese caso, la retención será del 2.5 por ciento del ISR para personas físicas y de 8 por ciento del IVA para personas morales, aplicable a las ganancias netas.
Añadió que se aplicará tasa cero de IVA a productos de higiene menstrual, incluyendo toallas sanitarias, tampones, copas, calzones y discos menstruales sean reutilizables o desechables.
