POLÍTICA

Reformas en materia indígena y Guardia Nacional, las siguientes por aprobar

Diputados federales prevén lleva a la discusión en el Pleno, este miércoles 18 de septiembre, la reforma constitucional en materia indígena.

La Guardia Nacional estaría bajo el mando de la SEDENA.
La Guardia Nacional estaría bajo el mando de la SEDENA.Créditos: Cuartoscuro
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La Cámara de Diputados continuará con la aprobación de reformas constitucionales propuestas por el Presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador.

Se prevé que este miércoles 18 de septiembre se someta a discusión en el Pleno la reforma en materia de derechos de los pueblos indígenas y afromexicanos.

Para el jueves 19 de septiembre, se tiene contemplada la aprobación de la reforma que entregará la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de Defensa Nacional (SEDENA).

Ambos proyectos fueron aprobados en la Comisión de Puntos Constitucionales de la anterior Legislatura.

Reforma en materia de pueblos indígenas

El dictamen avalado en agosto pasado, por los anteriores legisladores, modifica el artículo 2 de la Carta Magna, para reconocer a pueblos indígenas y afromexicanos como sujetos de derecho, con personalidad jurídica y patrimonio propios.

La propuesta del Presidente de la República saliente, precisa los derechos de los pueblos señalados a definir sus normas y reglas de convivencia y desarrollo.

Establece que será responsabilidad del Estado inducir, promover, gestionar y proporcionar los instrumentos necesarios, a través de políticas públicas y acciones gubernamentales, para mejorar la vida de los sujetos referidos.

Puntualiza los derechos de las niñas y niños y mujeres de comunidades indígenas y afromexicanas.

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Traspaso de la Guardia Nacional a SEDENA

En tanto, el dictamen que se discutirá el jueves 19 de septiembre, reforma diversos artículos constitucionales para traspasar la Guardia Nacional (GN) a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA).

Determina que la Guardia será una fuerza de seguridad pública de carácter permanente, con origen militar y formación policial, y su labor será cumplir con la Estrategia Nacional de Seguridad Pública.

Contempla que el Legislativo establezca en leyes secundarias, el fundamento legal para la participación auxiliar del Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada en tareas de seguridad pública.

Prevé que el Senado o bien, la Comisión Permanente del Congreso, ratifiquen los nombramientos de coroneles y mandos superiores de la Guardia, a propuesta del titular del Ejecutivo Federal.

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Autoriza al Presidente a utilizar la Guardia en tareas de seguridad interior y defensa exterior.

Adjudica a los integrantes de la corporación, los derechos, prestaciones y condiciones de seguridad social similares a los que tienen los integrantes de las Fuerzas Armadas.

Indica que los guardias nacionales se sujetarán a la disciplina castrense, por lo que no podrán ser juzgados en el ámbito civil.

Da a la Guardia facultades de “coadyuvar” en la investigación de los delitos, en coordinación con el Ministerio Público.