CÁMARA DE DIPUTADOS

Alistan diputados reforma en materia de austeridad y trenes de pasajeros

Este viernes 2 de agosto, la Comisión de Puntos Constitucionales tiene programado aprobar otras dos reformas propuestas por AMLO.

Diputados avalarán reformas en materia de trenes de pasajeros.
Diputados avalarán reformas en materia de trenes de pasajeros.Créditos: Cuartoscuro
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La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados prevé aprobar, este viernes 2 de agosto, un segundo bloque de reformas propuestas por el Presidente de la República en materia de vías y transporte ferroviario y austeridad y percepciones de los servidores públicos.

Los diputados federales salientes dejarán listos los dictámenes avalados prácticamente en los términos propuestos por el Ejecutivo Federal, con algunas modificaciones y precisiones mínimas.

Los proyectos serán enviados a la Mesa Directiva del recinto, con el fin de que pasen en calidad de herencia a la siguiente Legislatura, que inicia en septiembre próximo y prevé llevarlos a aprobación en el Pleno en ese mismo mes.

Reforma sobre trenes de pasajeros

El anteproyecto de modificación al artículo 28 de la Constitución, referente a las áreas estratégicas para el Estado mexicano, tendrá modificaciones de “técnica normativa constitucional” y una precisión sobre el régimen de concesiones.

Precisa que los ferrocarriles “tanto para transporte de pasajeros como de carga”, son áreas prioritarias para el desarrollo nacional.

Agrega que el Estado mexicano retomará el derecho de utilizar las vías ferroviarias para prestar el servicio de transporte de pasajeros y para ello, podrá otorgar asignaciones a empresas públicas o concesiones a particulares para utilizar las vías férreas y dar el servicio de transporte de pasajeros por ferrocarril.

En artículos transitorios, señala que los particulares que cuenten con concesiones para prestar el servicio de transporte ferroviario de carga podrán obtener concesiones para transporte de pasajeros.

Y en cualquier caso tendrá preferencia el servicio para pasajeros, en los términos de la ley aplicable.

Agrega que el Congreso de la Unión tendrá 180 días naturales, para llevar a cabo las reformas secundarias respectivas.

Remuneraciones de los servidores públicos

En el caso del anteproyecto de dictamen con reformas a diversos artículos de la Carta Magna en materia de austeridad y percepciones de servidores públicos, de acuerdo a los documentos publicados en el micrositio de la Comisión dictaminadora, desde abril pasado, también tiene modificaciones.

El documento indica que el Congreso tendrá facultades de expedir una ley general en materia de austeridad republicana.

Indica que la remuneración de ministros de la Suprema Corte, magistrados de circuito, jueces de distrito, los magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, instancia que se prevé crear con la reforma judicial “no podrá ser mayor a la establecida para el Presidente de la República en el presupuesto correspondiente y no será disminuida durante su encargo”.

Sueldo del Presidente

En el artículo 127 constitucional, agrega que la remuneración integral del Presidente, incluirá todas las percepciones en efectivo o en especie, y no podrá exceder el equivalente a 73 veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización.

El valor de la UMA este 2024 es de 108.57 pesos.

El texto indica que no será parte de la remuneración del Presidente, los gastos sujetos a comprobación, gastos en viajes oficiales, servicio de seguridad y “en general, aquellos que sean propios del desarrollo del cargo y se realicen en cumplimiento de funciones oficiales reglamentadas y autorizadas".

Los gastos que no serán considerados parte del pago al mandatario federal, incluyen los asociados al funcionamiento de residencias, sedes, oficinas, instalaciones asignadas para el desempeño del cargo, transporte, uniformes oficiales, alimentación, protección civil, equipamiento y demás enseres necesarios.

Señala que las remuneraciones y tabuladores serán públicos y deberán identificar los montos equivalentes a cada concepto y el monto mensual que corresponda.

La reforma dice que los recursos de la Federación y en todos los órdenes de gobierno, se administrarán “bajo el principio de austeridad republicana y en los términos que establezca la ley”.

Los entes públicos, agrega, ajustarán sus estructuras orgánicas y ocupacionales a los principios de racionalidad y austeridad, eliminando toda duplicidad de funciones y organización.

No podrán adquirir ni contratar con recursos públicos ningún bien o servicio innecesario; ni pagar jubilaciones, pensiones y regímenes especiales de retiro, de separación individualizada ni colectiva.

Tampoco se permitirán las cajas de ahorro especiales, los seguros de gastos médicos ni de vida privados u otros que no estén en previstos en la ley, el contrato colectivo o las condiciones generales de trabajo.

Recorte salarial

En los artículos transitorios, se establece que toda remuneración de servidores públicos deberá ajustarse y no ser mayor a la del Presidente, en cuanto la ley entre en vigor, y sin importar la fecha en que hayan iniciado sus encargos.

La Cámara de Diputados y congresos estatales, deberán vigilar que las remuneraciones de servidores públicos de los tres poderes, y de organismos autónomos, no superen las del Presidente.

El Legislativo tendrá un plazo de sólo 90 días, para emitir la ley general de austeridad.

El Legislativo federal y los legislativos estatales tendrán 180 días para realizar las reformas secundarias que sean necesarias.

Dichas leyes secundarias deberán tomar en cuenta la eliminación de organismos autónomos, unidades administrativas o estructuras que representen duplicidad de funciones.

Los ahorros generados por el ajuste a las remuneraciones de servidores públicos y las medidas de austeridad, se irán al Fondo de Pensiones para el Bienestar.