CÁMARA DE DIPUTADOS

Reformas de AMLO sobre jóvenes, vivienda y pensiones, saldrán en San Lázaro

La Comisión de Puntos Constitucionales aprobará dos bloques de dictámenes, uno agrupa cambios en materia de salarios, vivienda y apoyo a jóvenes.

Andrés Manuel López Obrador, presidente de México.
Andrés Manuel López Obrador, presidente de México.Créditos: Cuartoscuro
Escrito en NACIONAL el

La Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados aprobará este jueves 1 de agosto, con ajustes mínimos y algunas precisiones, parte de las iniciativas con reformas a la Constitución, propuestas por el Presidente de la República.

En la reunión que el organismo sostendrá la tarde de este jueves 1 de agosto, avanzarán proyectos en materia de apoyo a jóvenes, vivienda, salarios y pensiones de los trabajadores.

También darán luz verde a los dictámenes en materia de agua, salud, alimentos y protección animal, entre otros.

Apoyo a jóvenes, vivienda y pensiones

El dictamen conjunto con modificaciones al artículo 23 constitucional, referente al apoyo a jóvenes, pensión de retiro, salarios y vivienda para trabajadores, también tendrá algunos ajustes mínimos, incluyendo aspectos de redacción para darle claridad al texto.

Entre los cambios, se precisa que la pensión de retiro a incluir en el artículo 4 de la Constitución, tendrá como valor de referencia para calcularla, no el último salario del trabajador, sino el salario promedio de los dos últimos años de cotización.

En lo referente a la iniciativa sobre los salarios, se identifica el salario vinculado a esta; y en la iniciativa de vivienda, se indica que el INFONAVIT tendrá la obligación de aplicar un programa de eficiencia operativa.

Apoyo a jóvenes y pensiones

Los proyectos por aprobar establecen que se otorgará un apoyo económico mensual de al menos un salario mínimo, a jóvenes de 18 a 29 años, que se encuentren en desocupación laboral y no estudien.

Ello para que se capaciten hasta por 12 meses en empresas, talleres y otras unidades económicas.

La Constitución dirá que toda persona trabajadora tendrá derecho a recibir “una pensión justa”.

Las personas de 65 años que comenzaron a cotizar en el IMSS a partir de julio de 1997, y las que estén en el régimen de cuentas individuales y cotizan en el ISSSTE, tendrán derecho a una “pensión de retiro por vejez, igual al promedio de su salario de los últimos dos años de cotización”, hasta por el monto del salario vigente.

“Las personas trabajadoras a partir de los sesenta años de edad mantendrán su derecho a una pensión garantizada”, dice el texto.

El proyecto agrega que el aumento anual del salario mínimo o la revisión del mismo “nunca estará por debajo de la inflación”.

Fondo constructor de vivienda

Añade que toda empresa agrícola, industrial, minera o de cualquier clase de actividad, proporcionará a sus trabajadores “viviendas cómodas e higiénicas”, a través de aportaciones a un Fondo Nacional de la Vivienda, que deberá ofrecer crédito “barato y suficiente” para adquisición o mejora.

El Fondo “también podrá construir vivienda para que la persona trabajadora pueda adquirirla o arrendarla”.

Después de un año de cotización en el Fondo, la persona podrá acceder a viviendas en arrendamiento social, la renta no podrá superar el 30 por ciento del salario, y después de 10 años de rentar la misma vivienda, tendrá el derecho a comprarla en propiedad.

En ese proceso, tendrán preferencia trabajadores que hayan aportado continuamente y no tengan vivienda propia.

En cuanto a los maestros de nivel básico de tiempo completo, policías, miembros de la Guardia Nacional, integrantes de las Fuerzas Armadas, médicos y enfermeros, el sueldo mensual no podrá ser menor al salario promedio del IMSS.

En artículos transitorios, el texto indica que el Congreso a nivel federal y los congresos estatales, tendrán 180 días para aprobar las leyes secundarias necesarias para el cumplimiento de la reforma constitucional.

El salario base del que hablan los cambios será equivalente a 16 mil 677 pesos, que es el salario promedio registrado en 2023. El monto señalado se actualizará el 1 de enero de cada año, conforme a la inflación.

Fondo de Pensiones para el Bienestar

A los 90 días de que la reforma entre en vigor, se habrá de crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar, constituido por la Secretaría de Hacienda y el Banco de México.

El Fondo se nutrirá del siguiente modo: el 75 por ciento de los ingresos del Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP); el monto que se establezca por la liquidación de Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario; ingresos por la venta de inmuebles sin construcción que sean propiedad de FONATUR.

De igual modo, captará recursos por el cobro de adeudos de dependencias de la administración pública federal, el Congreso de la Unión y el Poder Judicial.

Adeudos de los organismos autónomos, de los estados, poderes legislativos y judiciales, administraciones municipales y todos aquellos que tengan pagos pendientes con el SAT, el IMSS y el ISSSTE.

También de recursos del INFONAVIT, garantizando la imprescriptibilidad de los recursos propiedad de los trabajadores.

Aportaciones complementarias al Fondo

Como aportaciones complementarias, el Fondo recibirá los remanentes de la extinción de los fideicomisos del Poder Judicial; economías por la extinción de organismos autónomos, reguladores, descentralizados, desconcentrados, unidades administrativas y otros.

Captará el 25 por ciento del remanente de las utilidades netas de las paraestatales sectorizadas en la Defensa y la Marina y los rendimientos de la administración de esos recursos.

También, de enajenación de bienes propiedad del ISSSTE; de las inversiones del patrimonio del Fondo; y donaciones y de aportaciones de personas físicas o morales.