JUSTICIA

Imponen 24 años de cárcel a tratante de personas que explotaba sexualmente a dos víctimas

Le dictaron sentencia por reposición del proceso que ordenaron magistrados del poder judicial.

Se declaró penalmente responsable de ambos delitos al acusado.
Se declaró penalmente responsable de ambos delitos al acusado.Créditos: Pexels
Escrito en NACIONAL el

Moises C.V. alias “La Jitomata” recibió sentencia de 24 años, un mes y 15 días de prisión por el delito de trata de personas y lenocinio, en agravio de dos mujeres una de ellas con retraso cognitivo.

En reposición del procedimiento ordenado por magistrados del Tribunal Superior de Justicia, el Juez 18 Penal del reclusorio Oriente, lo declaró penalmente responsable de ambos delitos al acusado.

De acuerdo con las investigaciones asentadas en la averiguación previa, el  07 de febrero de 2013, la víctima, quien padece retraso global cognoscitivo, se trasladó a la tienda Aurerrá, frente de su casa, en municipio de Chimalhuacán, Estado de México.

Su madre la buscó, pero el 02 de marzo de 2013,  un familiar le sugirió que abriera la red social que usaba su hija ya que habían aparecido fotos donde se estaba desnuda.

Las investigaciones iniciaron y fue posible la localización de la joven afectada, quien reveló que estuvo en casa del Moisés C.V. llamado “La Jitomata”.

El responsable también prostituía a otra mujer junto con la chica que desapareció de Chimalhuacán y cobraba cierta cantidad por llevarlas a tener sexo con otras parejas para conformar un triángulo sexual.

 La segunda víctima mencionó que también la fotografía va en la hora responsable cuando tenían relaciones sexuales y posteriormente las publicaba en la red social, además que la prostituía y la despojaba del dinero que obtenía.

Agregó que lo conoció desde hace 15 años, ya que era su pareja sentimental y cada encuentro sexual lo cobraba en 400 pesos en el año 2013.

Por la primera víctima fue sentenciado por el delito de trata de personas y por la segunda por el ilícito de lenocinio.

Deberá pagar una multa consistente en 605 mil 894 pesos,  y en caso de no cubrirla, se sustituirá por 4 mil 678 jornadas de trabajo.

Sin embargo, el juez lo absolvió del pago de la reparación del daño y perjuicios, “al no haberse acreditado su existencia y no tener base legal para cuantificar su monto”, de acuerdo con informes oficiales.

@amarilloalarcon