La Cámara de Diputados aprobó en el Pleno el dictamen correspondiente a la iniciativa del Ejecutivo Federal y propuestas de otros congresistas federales que aumenta las penas y sanciones administrativas a la tala ilegal de árboles.
Los cambios al Código Penal Federal en materia de tala ilegal, se aprobaron en lo general con 457 votos a favor y 27 abstenciones del Movimiento Ciudadano (MC).
Tras el rechazo de reservas con propuestas de modificación, el ordenamiento avanzó en lo particular y será turnado al Senado de la República.
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Endurecen penas contra la tala ilegal
Al aprobar el proyecto, los legisladores determinaron que se actualizarán las sanciones contra quienes lleven a cabo la conducta delictiva en áreas naturales protegidas, zonas vegetales y que cambien el uso de suelo forestal.
Subrayaron que las modificaciones penalizarán la tala ilegal no sólo por el volumen de madera obtenido de manera ilícita, sino los daños que esa actividad ocasiones en el ecosistema.
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Contempla sanciones que van de seis meses y hasta 9 año de cárcel, así como multas de 100 a 3 mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), por tala ilegal, “siempre que dichas actividades no se realicen en zonas urbanas”, a aquel que sin autorización se dedique al desmonte o destrucción de la vegetación forestal.
Se penalizará en los mismos términos a quien cambie el uso de suelo de terrenos forestales sin autorización.
Las penas de cárcel se incrementarán hasta cuatro años más, y las multas llegarán a 5 mil veces la UMA, si el ilícito afecta áreas naturales protegidas.
Cuando la tala no autorizada se lleve a cabo utilizando armas de fuego o cualquier otro medio violento, y cuando busquen obtener lucro o beneficio económico, las sanciones de cárcel serán de entre 3 a 12 años, y las multas, de 500 a 5 mil veces la UMA.
Posesión ilegal de madera
La reforma indica que, a quienes sin autorización y sin contar con documentos que acrediten la legal procedencia de madera, transporten, comercien, enajenen, distribuyan, suministren, compren, reciban, adquieran, almacenen, resguarden, posean o transformen materias primas forestales o productos forestales maderables, serán sancionados en distintas medidas.
Si el volumen de la madera no pasa de 2 metros cúbicos, la sanción será de dos a 5 años de cárcel y la multa, de 500 a 2 mil veces la UMA.
Si la cantidad de madera involucrada pasa de 2 metros cúbicos, la sanción será de 6 a 12 años de cárcel, y las multas, de mil a 5 mil veces la UMA.
Esas penalizaciones se incrementarán hasta en 4 años de cárcel, u las multas hasta 5 mil veces la UMA, cuando las materias primas forestales o la madera provenga de un área natural protegida.
En cuanto al uso doméstico de la madera, los cambios legales avalados, establecen que no se penalizará a la persona que obtenga esas materias para uso doméstico dentro de sus comunidades originarias.