SCJN

Tribunal confirma suspensión concedida a Yasmín Esquivel

El órgano jurisdiccional determinó modificar la medida cautelar para que el Comité de Ética se pueda pronunciar sobre detalles del caso que sean de "interés publicó".

Yasmín Esquivel, ministra de la SCJN.
Yasmín Esquivel, ministra de la SCJN.Créditos: Twitter @YasminEsquivel_
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El Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa confirmó la suspensión provisional que una juez de distrito le otorgó a la ministra Yasmín Esquivel Mossa, para que la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) se abstenga de emitir una resolución en el proceso que se inició en su contra por el plagio de su tesis de licenciatura.

El magistrado Salvador Alvarado López, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución, consideró infundados los agravios de las autoridades universitarias.

Lo anterior, toda vez que Sandra de Jesús Zúñiga, titular del Juzgado Quinto de Distrito en materia Administrativa, procedió de forma correcta al concederle la medida cautelar a la integrante de la Corte.

“Si se llegara a emitir este dictamen o resolución o se decidiera sobre lo que es tratado el procedimiento, ello podría generar una afectación de muy difícil reparación o de imposible reparación para la quejosa y por eso consideramos justificado que se haya concedido la suspensión en sus términos”.

Sin embargo, el órgano jurisdiccional determinó modificar la medida cautelar para que el Comité Universitario de Ética se pueda pronunciar sobre detalles del caso que sean de "interés publicó", pero deberá hacerlo sin calificativos y tampoco podrá dar a conocer el estado que tienen las investigaciones para no violar la presunción de inocencia de Esquivel Mossa.

Los magistrados puntualizaron que este caso es de interés público, por lo que la sociedad tiene derecho a conocer las investigaciones que realiza, siempre y cuando sea objetiva e imparcial.

Por este motivo, Yuritze Arcos López, secretaria en funciones de magistrada, sostuvo que no fue correcto que la juzgadora les impusiera una restricción absoluta a las autoridades universitarias.

“No es correcto que la juzgadora impusiera restricción absoluta a la autoridad responsable para que no se informe a la sociedad respecto al procedimiento en el que está involucrada la quejosa; sin embargo, creo que se debe de modular, si puede ser parte que se informe a la autoridad porque está interesada en tener conocimiento en este tipo de asuntos. Sin embargo, no debe dar pronunciamientos previos respecto de la calidad que tenga la parte quejosa en esos procedimientos que puedan tener comprometida su presunción de inocencia, aunado que en los agravios no está controvertida esa parte del auto recurrido en el sentido de que pudiera dañarse la presunción de inocencia de la parte quejosa”.

Al respecto, Alejandro Romano, representante Yasmín Esquivel, señaló que la sociedad debe estar informada, siempre que no se afecte la honorabilidad de su cliente, así como la presunción de inocencia y el debido proceso.

En este contexto, será el próximo 28 de febrero cuando la juez Sandra de Jesús resuelva si le concede a la ministra la suspensión definitiva.