Un tribunal colegiado rechazó otorgarle al exservidor público la suspensión definitiva para que se modificara la medida cautelar de prisión preventiva justificada que le impuso en el mes de noviembre de 2021.
Por unanimidad, el Tercer Tribunal Colegiado en materia Penal confirmó la sentencia del Segundo Tribunal Colegiado de Apelación qué le concedió la medida cautelar solo para el efecto de que Lozoya Austin quede a disposición del órgano jurisdiccional en lo que respecta a su libertad en el lugar de reclusión y a disposición del juez de la causa para la continuación del procedimiento.
A través de este juicio de amparo, Lozoya Austin impugnó la resolución del 26 de enero del 2022, mediante la cual José Artemio Zúñiga Mendoza, juez de control con residencia en el Reclusorio Norte, rechazó modificar la medida cautelar de prisión preventiva justificada.
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En esa ocasión, el impartidor de justicia justificó su decisión al argumentar que no han variado de manera objetiva las condiciones que sirvieron de base para imponer dicha medida, ya que existe el riesgo de fuga, pues el exdirector de Pemex cuenta con una red de apoyo familiar y económico que le permitiría evadir la acción de la justicia.
Sobre este punto, detalló que la esposa e hijos del exfuncionario, de nacionalidad alemana, radican fuera del país y cuentan con los recursos para que pueda ocultarse en otra nación, además de que Emilio Lozoya posee una cuenta bancaria con dos millones de euros que podría utilizar.