Una jueza de distrito declaró improcedente la acción de extinción que pretendía ejecutar la Fiscalía General de la República (FGR) contra la residencia del exdirector de Pemex, Emilio Lozoya Austin, que se localiza en la colonia Lomas de Bezares, en la Ciudad de México.
Ana Lilia Osorno Arroyo, titular del Juzgado Segundo de Distrito en materia de Extinción de Dominio, argumentó que el exservidor público compró la propiedad en 2012, por 38 millones 175 mil pesos, en la época en la que la extinción de dominio no aplicaba para el delito de operaciones con recursos de procedencia, motivo por el cual no se puede aplicar la ley de manera retroactiva.
La Ley Nacional de Extinción de Dominio se publicó el 9 de agosto de 2019 y estableció, por primera vez, que en los delitos de lavado de dinero, sí procedía la extinción de dominio; además de que la FGR inició el 7 de marzo de 2019 la carpeta de investigación contra Lozoya Austin por la compra-venta de la planta de Agronitrogenados.
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La FGR aún tiene la posibilidad de interponer un recurso de revisión ante un Tribunal Colegiado.