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En entrevista con Pamela Cerdeira, para MVS Noticias, Cristina Reyes, directora de Litigio Estratégico de México Unido Contra la Delincuencia y María Luisa Aguilar Rodríguez, directora del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro, tocaron el tema de jueces sin rostro: ¿urgencia o retroceso?
La incorporación de la figura de los "jueces sin rostro" en la reciente reforma judicial ha encendido las alarmas entre organizaciones de la sociedad civil y especialistas en derecho.
Aunque la medida se plantea oficialmente como una estrategia para blindar a los juzgadores frente a la violencia del crimen organizado, el análisis profundo revela contradicciones constitucionales y riesgos para la transparencia.
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Un modelo fallido en el derecho internacional
De acuerdo con Cristina Reyes, esta medida no es nueva ni exitosa. La figura ha sido implementada en regímenes de excepción en países como Colombia, el Perú de Fujimori, El Salvador e Irán. Lejos de garantizar seguridad, la historia muestra que "la figura de los jueces sin rostro no ha sido efectiva en todos estos países... para verdaderamente proteger la integridad de las personas juzgadoras".
Además, existe un consenso legal supranacional sobre su ilegalidad. Reyes enfatiza que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado repetidamente que esta práctica "es violatoria a las garantías que establece la Convención Americana... porque viola el debido proceso y falla en garantizar un tribunal independiente e imparcial".
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Contradicción con el sistema de justicia actual
Por su parte, María Luisa Aguilar destacó que esta medida representa un retroceso respecto al sistema acusatorio implementado en 2008, el cual buscaba transparencia.
"Contraviene mucho de lo que fue el crear un nuevo sistema de justicia en 2008, que fuera oral, que fuera público, donde tuviéramos conocimiento de quiénes son las personas que están juzgando", señaló la directora del Centro Prodh, advirtiendo que esto genera un sistema más opaco.
El impacto en las víctimas y la impunidad
Uno de los ángulos más críticos es cómo el anonimato judicial afecta a las víctimas de delitos graves como la trata de personas o la desaparición forzada. Al ocultar la identidad del juez, se impide detectar posibles vínculos de corrupción.
"Es indispensable que las víctimas del delito conozcan quién está llevando sus casos... para justamente identificar si existe o no algún conflicto de interés", advirtió Reyes.
Finalmente, las expertas coinciden en que estas medidas de excepción suelen encubrir las deficiencias de las fiscalías. Aguilar concluyó que, con estas figuras, "le seguimos poniendo un camino más sencillo a las fiscalías en lógica de decir que todas estas excepciones... están hechas para proteger la integridad del proceso", cuando en realidad, existen leyes federales de protección que simplemente no se están aplicando correctamente
