ENTREVISTAS LUIS CÁRDENAS

Utilidades 2025: Quiénes tienen derecho y cuál es el monto que debes recibir

Manuel Fuentes, doctor en derecho, advirtió que el SAT está muy atento a las denuncias por irregularidades en el reparto.

Conocer los detalles del reparto de Utilidades 2025 es clave para ejercer los derechos laborales.
Conocer los detalles del reparto de Utilidades 2025 es clave para ejercer los derechos laborales.Créditos: Envato Elements/Canva.
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Entrevistas Manuel Fuentes.

En entrevista para MVS Noticias con Luis Cárdenas, Manuel Fuentes, doctor en derecho y asesor en materia laboral, habló sobre el reparto de utilidades 2025.

El reparto de Utilidades 2025 ya está en curso y es fundamental que trabajadores y empleadores conozcan sus derechos y obligaciones. El doctor Manuel Fuentes explicó que las personas morales tienen hasta el 30 de mayo para cumplir con esta entrega, mientras que las personas físicas tienen como fecha límite el 29 de junio.

“El reparto de utilidades no solo aplica a empresas tradicionales. También pueden estar obligadas cooperativas o asociaciones civiles que obtienen ingresos extraordinarios, como por la venta de inmuebles o el traspaso de negocios, señaló Fuentes. Explicó que, aunque la ley otorga a las empresas de nueva creación un periodo de gracia, muchos patrones intentan evadir esta obligación simulando cambios de nombre o estructura, aun cuando la actividad principal continúa sin alteración.

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¿Cuál es el monto que debes recibir de las utilidades?

Según el especialista, el monto a repartir equivale al 10 % de las utilidades generadas por el patrón. Sin embargo, desde abril de 2021, la ley establece un tope: no puede exceder de tres meses de salario o el promedio de lo recibido en los últimos tres años, eligiendo la opción que más beneficie al trabajador.

“El cálculo se hace considerando dos factores: los días trabajados y el ingreso anual del empleado”, explicó Fuentes. Por ejemplo, si la utilidad a repartir fuera de un millón de pesos, se dividen 500 mil en función de los días laborados y los otros 500 mil según los ingresos anuales, generando un reparto proporcional que considera el esfuerzo y la productividad de cada trabajador.

¿Quiénes no tienen derecho a recibir utilidades?

Es importante mencionar que los trabajadores por honorarios no tienen derecho al reparto, salvo en casos en que exista una relación laboral encubierta. Hay quienes están contratados como honorarios, pero cumplen horarios, tienen jefes y funciones definidas. Técnicamente sí deberían recibir utilidades”, apuntó el asesor.

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Además, solo quienes hayan laborado al menos 60 días durante el año fiscal tienen derecho a este beneficio. “No importa si esos días fueron continuos o no, lo importante es que la suma total sea de al menos 60. Ellos deben exigir su parte del reparto, incluso si ya no están en la empresa”, agregó.

Finalmente, Fuentes advirtió que el SAT está muy atento a las denuncias por irregularidades en el reparto. “Hay empresas que trasladan a los trabajadores a otras razones sociales, mientras la empresa matriz se declara en ceros. Eso causa una gran molestia, porque hay producción, pero no se ve reflejada en las utilidades”, denunció.

En este contexto, conocer los detalles del reparto de Utilidades 2025 es clave para ejercer los derechos laborales y evitar abusos que, según el experto, aún son frecuentes en el país.