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En su colaboración para MVS Noticias con Luis Cárdenas, Diana Bernal, exprocuradora de la defensa del contribuyente, explicó lo que debes saber sobre la pensión IMSS que se conoce, coloquialmente, como la ‘Modalidad 40’.
La especialista informó que “es cuando un trabajador o trabajadora pierde su empleo, porque lo decide o es despedido, pero le faltan unos años para obtener una pensión o quiere incrementar su pensión”.
A este sistema se le conoce de manera oficial como “Inscripción voluntaria en el régimen obligatorio” y “solo está disponible para aquellos trabajadores que ya estuvieron en un empleo formal, cotizaron al seguro social, y ya se dieron de baja”.
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“Tienen que haber tenido un patrón o empleo formal, esta modalidad también he visto que se hacen muchas ofertas en internet para adquirirla”, advirtió la experta. “Yo sí pediría al auditorio que no se dejen engañar porque es un trámite gratuito que puedes realizar en línea ante el seguro social”.
Aunque aclaró que “no siempre es conveniente”, ya que “solo beneficia a las personas que aún pueden jubilarse y pensionarse con la anterior ley del seguro social, la del 73”.
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¿Qué personas pueden entrar a la modalidad 40?
Es decir, por lo anterior, incluye solo a aquellas personas que iniciaron su vida laboral antes del 1 de julio de 1997.
Diana Bernal especificó que “un requisito importante es que para poder acceder es que no deben haber pasado cinco años desde que tuviste el último empleo formal”.
Además, “tuviste que haber trabajado por lo menos un año, 52 semanas de cotización”.
Aunque también se puede acceder “siempre y cuando pague de manera retroactiva todas las cuotas y tenga dinero para ello”.
Para registrarte, puedes hacer clic en esta página y seguir el proceso, el cual te pedirá tener a la mano tu CURP, tu cuenta de correo electrónico y hacer caso a las instrucciones del trámite digitalizado de la ‘Modalidad 40’ de la Pensión IMSS.