Bajo la Ley 73, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) busca mejorar la situación económica de los adultos mayores. Este sector de la población suele sufrir los impactos de los aumentos constantes y los gastos en salud. Si eres trabajador del IMSS y pronto te jubilarás, debes saber bajo qué régimen estás y cuántas semanas cotizadas necesitas para iniciar tu pensión.
El IMSS establece requisitos específicos para poder solicitar la pensión bajo la Ley 73, en la modalidad de Cesantía en Edad Avanzada o de Vejez. Uno de ellos es tener una cierta cantidad de semanas cotizadas. Si quieres saber el número correcto, no dejes de leer esta nota.
¿Cuántas semanas cotizadas necesitas para jubilarte bajo la Ley 73?
El derecho al goce de la pensión de cesantía en edad avanzada se da al cumplir los ciertos requisitos. Uno de ellos es tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 500 semanas de cotización al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1973. Entre otros de los requisitos se encuentran:
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- Haber cotizado antes del 1 de julio de 1997.
- Debe tener al menos 60 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Encontrarse dentro del período de conservación de derechos, que será igual a la cuarta parte del tiempo cubierto por sus cotizaciones semanales, contando a partir de la fecha de su baja.
Para determinar la pensión se toma en cuenta el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente 5 años) y tu nivel salarial.
Por otra parte, al amparo del Régimen de la Ley del Seguro Social 1997 se necesitan los siguientes requisitos:
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- Debe tener al menos 60 años al momento de presentar su solicitud de pensión.
- Haber causado baja en el Régimen Obligatorio de la Ley del Seguro Social.
- Tener registradas ante el IMSS, como mínimo, 1,250 semanas de cotización.
¿Qué documentos necesitas?
- Identificación oficial
- Estado de Cuenta de tu AFORE o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE)
- Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)
- Resolución o Negativa de pensión emitida por el IMSS
Para iniciar el trámite, puedes acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de tu Unidad de Medicina Familiar (UMF) más cercana.
