PONTÓN EN MVS

Frida Kahlo: empresario que quemó su obra podría pasar 10 años en prisión

De acuerdo con la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, las sanciones por dañar una obra van desde cárcel hasta pagar el valor.

Imagen ilustrativa.
Imagen ilustrativa.Créditos: Pixabay
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Hace unos días, una obra de Frida Kahlo fue supuestamente quemada por el empresario y coleccionista privado, Martín Morabak, con el fin de aumentar su valor para venderla como Token No Fungible (NFT) en el metaverso y así ayudar, en parte, a asociaciones artísticas.

Sin embargo, esto causó indignación y polémica entre los mexicanos y expertos del arte, por lo que nuestros especialistas en tecnología de Pontón en MVS nos explicaron de qué se trata y cuáles serían las consecuencias.

¿Cuál fue la obra quemada de Frida Kahlo?

La obra en cuestión es “Fantasmones siniestros”, creada por la artista en 1944. Se trata de un dibujo que hizo en su diario mientras reposaba por problemas de salud.

Después de ser exhibida en varios países como Alemania, Italia, Canadá y Estados Unidos, la pieza llegó a manos de Morabak.

Fue el pasado 30 de julio cuando el empresario quemó la obra valuada en 10 millones de dólares en Miami, Estados Unidos. En su plataforma, explica que el objetivo es vender 10 mil NFTs para ayudar a organizaciones benéficas.

Recordemos que un Token No Fungible es un bien intangible, lo que lo hace eterno, único e irremplazable, además de representar un gran valor, de acuerdo con la Universidad Anáhuac. Estos pueden ser desde una imagen o video hasta un texto.

Para certificar su autenticidad, a cada NFT se le implementa un identificador por metadatos como el nombre del autor, su valor inicial e historial de ventas.

¿Qué va a pasar?

Ante la supuesta quema, el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura explicó que ya investiga este acto y que contrario a lo que informó el empresario, ni el Instituto ni el Palacio de Bellas Artes han recibido donaciones ni las recibirán por parte del coleccionista.

Además, señaló que actualmente no han recibido solicitud de reproducción sobre la obra, por lo que tampoco autorizaron este evento.

La investigación se guiará por lo establecido en los términos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos, su Reglamento y del Decreto por el que se declara monumento artístico toda la obra de la artista mexicana.

En México, lo que hizo el coleccionista privado, es decir, la destrucción deliberada de un monumento artístico constituye un delito.

De acuerdo con el Artículo 52 de dicha ley, “al que por cualquier medio dañe, altere o destruya un monumento arqueológico, artístico o histórico, se le impondrá prisión de tres a diez años y multa de hasta por el valor del daño causado”.

Entérate de qué pasará con esta obra de Frida Kahlo y sus implicaciones en el mundo de la tecnología en Pontón en MVS de lunes a viernes a las 12:00 horas por el 102.5 FM.