NUEVO LEÓN

Menor recibe amparo para recibir atención médica

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa con sede en Monterrey dio la orden al Instituto Mexicano del Seguro Social de brindar atención a una niña de cinco años que padece atrofia muscular espinal Tipo 1.

Hospital General de Zona No. 67
Hospital General de Zona No. 67Créditos: Foto: Web
Escrito en NUEVO LEÓN el

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) ha sido objeto de una importante y relevante orden por parte de un Tribunal Federal, la cual busca asegurar el acceso a tratamiento médico para una niña de cinco años que padece atrofia muscular espinal Tipo I. Esta medida no solo incluye el suministro de los medicamentos adecuados y su prescripción, sino que también contempla la posibilidad de que la menor reciba atención médica de forma subrogada.

El fallo fue emitido de forma unánime por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa con sede en Monterrey, Nuevo León. La trascendencia de esta decisión radica en que la suspensión de plano otorgada a la niña se mantendrá vigente hasta que se alcance una resolución definitiva en el juicio de amparo. El objetivo primordial es salvaguardar el derecho a la salud de la menor, quien junto a su familia ha tenido que enfrentar una ardua batalla legal durante casi cuatro años para obtener el acceso a los tratamientos médicos necesarios.

El proceso judicial inició el 11 de octubre de 2019, cuando los padres de la niña presentaron un recurso de amparo en contra de diversas instituciones, entre las cuales se incluyen la Secretaría de Salud del Gobierno de México y el propio IMSS. También se mencionan a una doctora de la Unidad de Medicina Familiar número 19 de Apodaca, el Hospital General de Zona No. 67 en Apodaca y el Consejo Técnico, todos ellos pertenecientes al IMSS. En el amparo, se denunció la falta de implementación de medidas y acciones necesarias para facilitar el acceso a los llamados "medicamentos huérfanos" específicos para su enfermedad, Spinraza (nusinersen) y Zolgensma (onasemnogene abeparvovec-xioi). Estos medicamentos, que son únicos en el mundo para tratar y contrarrestar la atrofia muscular espinal Tipo I, son cruciales para mejorar la calidad de vida y la supervivencia de la menor de edad.

En el Reglamento Interior de la Comisión para el Análisis, Evaluación, Registro y Seguimiento de las Enfermedades Raras, se establece que los "medicamentos huérfanos" están destinados a prevenir, diagnosticar o tratar enfermedades raras. Esto demuestra la importancia y el enfoque específico que se requiere para abordar condiciones médicas poco comunes, como la que afecta a la niña.

La resolución emitida por los magistrados refleja su convicción de que el derecho fundamental a la salud de la menor fue vulnerado debido a la negligencia de la autoridad al no proporcionar los medicamentos y la atención médica adecuada. Como resultado, se revocaron las decisiones previas emitidas por un juez federal.

En la sentencia, se resalta la omisión de la autoridad para tomar medidas necesarias en el tratamiento de la paciente y el suministro de los medicamentos solicitados, los cuales son cruciales para su bienestar y supervivencia. Las respuestas de la autoridad parecen fundamentarse en el desconocimiento de los medicamentos mencionados y en que no forman parte del cuadro básico del IMSS. Además, se alega la falta de experiencia y personal capacitado para administrarlos, lo cual genera una clara vulneración del derecho a la salud de la niña.

Esta sentencia no solo tiene un impacto significativo para la niña y su familia, sino que también establece un importante precedente en el sistema de salud en México. Destaca la importancia de garantizar el acceso a tratamientos médicos adecuados y especializados, incluso en casos de enfermedades raras, y pone de relieve la necesidad de contar con una estructura de salud que responda de manera efectiva a las necesidades de los pacientes.

La orden emitida por el Tribunal Federal hacia el IMSS para proporcionar tratamiento a la niña con atrofia muscular espinal Tipo I representa un logro para el derecho a la salud en el país. Además, resalta la relevancia de los "medicamentos huérfanos" para el tratamiento de enfermedades raras y enfatiza la responsabilidad de las autoridades de salud en garantizar el acceso a tratamientos médicos necesarios y oportunos para todos los pacientes.