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¿Te piden Constancia de Situación Fiscal para facturar? Esto es ilegal y aquí te explicamos

El SAT advirtió que exigir la Constancia de Situación Fiscal para emitir facturas es ilegal y puede generar multas de hasta 122 mil pesos.

Créditos: Judith Medrano
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Solicitar la Constancia de Situación Fiscal como requisito para emitir una factura es ilegal, así lo advirtió el Servicio de Administración Tributaria (SAT), al señalar que esta práctica constituye una infracción sancionable.

Durante una rueda de prensa, autoridades fiscales explicaron que condicionar la expedición de una factura a cambio de este documento puede derivar en multas de hasta 122 mil 440 pesos.

Multas por condicionar la factura

De acuerdo con el artículo 83, fracción IX, del Código Fiscal de la Federación, esta conducta se considera una infracción fiscal, con sanciones que van de 21 mil 420 a 122 mil 440 pesos, dependiendo de la gravedad del caso.

Israel Solís Torres, administrador desconcentrado de Servicios al Contribuyente del SAT en Nuevo León, explicó que este problema se presenta principalmente en empresas, especialmente cuando solicitan la constancia a trabajadores para el timbrado de nómina.

“La Constancia de Situación Fiscal no es un requisito obligatorio para la emisión de una factura electrónica en ningún caso. Es importante aclarar que los empleadores no deben solicitarla a sus trabajadores para el timbrado de nómina”, enfatizó.

El funcionario señaló que muchos empleados son enviados innecesariamente a tramitar este documento, cuando la autoridad no obliga a ello, ya que los datos pueden obtenerse por otros medios formales.

Fotografía: Judith Medrano

¿Qué datos sí son necesarios para facturar?

Para emitir una factura, el emisor únicamente requiere:

  • Clave de RFC
  • Nombre o razón social
  • Código postal
  • Régimen fiscal

Esta información puede obtenerse a través de la Cédula de Datos Fiscales, sin necesidad de solicitar la Constancia de Situación Fiscal.

La constancia no tiene vigencia

El SAT reiteró que la Constancia de Situación Fiscal no tiene fecha de vencimiento y solo se actualiza cuando el contribuyente realiza modificaciones en su RFC, como:

  • Cambio de domicilio fiscal
  • Actualización de régimen fiscal o actividad económica
  • Modificación o incorporación de CURP

Llaman a presentar la Declaración Anual

En el mismo encuentro con medios, autoridades fiscales exhortaron a las empresas a cumplir con la presentación de la Declaración Anual, trámite que podrá realizarse hasta el 31 de enero de 2026, dependiendo del régimen fiscal.

Fechas clave para la Declaración Anual

  • Sociedades en periodo de liquidación: hasta el 19 de enero
  • Personas morales sin fines de lucro: hasta el 16 de febrero

Demás regímenes del Título II de la Ley del ISR y Régimen Simplificado de Confianza: hasta el 31 de marzo

Finalmente, el SAT alertó sobre la circulación de correos electrónicos apócrifos, mediante los cuales se intenta suplantar la identidad de la institución para obtener datos personales y fiscales de los contribuyentes.