La Fiscalía General de Justicia de Nuevo León informó hoy que Ricardo “N”, de 47 años de edad y pareja sentimental de la influencer conocida como Lupita TikTok, fue detenido por su presunta responsabilidad en un delito equiparado a la violación en contra de una mujer de 22 años con discapacidad cognitiva.
La detención se llevó a cabo en el municipio de Juárez, Nuevo León, y el imputado fue trasladado a un Centro de Reinserción Social Estatal, donde quedó a disposición de la autoridad judicial.
Según las autoridades, el hecho fue detectado el pasado 27 de abril cuando la pareja, Ricardo “N” y Lupita TikTok, acudió al Hospital Regional Materno Infantil en Guadalupe con su hija recién nacida de 14 días de vida.
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El personal médico reportó signos de deshidratación, fiebre y descuido, lo que activó los protocolos de protección a menores y llevó a una revisión de la situación familiar.
Durante la investigación, se determinó que la madre de la menor presenta una condición cognitiva que limita su capacidad para tomar decisiones conscientes, incluida la maternidad. Por ello, se considera que no estaba en posibilidad de consentir relaciones sexuales, lo que constituye el elemento clave del delito imputado.
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La bebé permanece internada y bajo seguimiento médico.
¿Qué delito se le imputa a Ricardo “N”?
Ricardo “N” fue aprehendido en cumplimiento de una orden por el delito equiparado a la violación, establecido en el Capítulo III, Título Décimo Primero del Código Penal vigente en Nuevo León.
De acuerdo con el Artículo 265, se considera violación cuando se tiene cópula con una persona sin su voluntad, ya sea mediante violencia física, moral o psicológica.
El artículo 268 profundiza respecto a lo equiparable a la violación:
"Asimismo, se equipara a la violación y se sancionará como tal, cuando el activo introduzca en su propia boca el miembro viril o estimule con la misma la vulva de una persona menor de quince años de edad, o de persona, aunque sea mayor de edad, que se halle sin sentido, que no tenga expedito el uso de la razón, o que por cualquier causa no pudiere resistir la conducta delictuosa".
¿Cuál es la pena por delito equiparado a violación?
El Código Penal vigente en el estado, reformado por última vez el 30 de abril de 2025, establece en su Artículo 266 las penas a los actos de violación y equiparable a violación:
"La tentativa de violación y la tentativa de los delitos equiparados a la violación previstos en este capítulo, se sancionarán con una pena de tres a once años seis meses de prisión".
Esto implica que, en caso de ser declarado culpable por tentativa del delito equiparado a violación, Ricardo “N” podría enfrentar una condena mínima de 3 años y máxima de 11 años y medio de prisión, dependiendo de cómo se desarrolle el juicio y de los agravantes que determine la autoridad.
Cabe resaltar que la pena podría duplicarse de acuerdo a lo siguiente:
El Artículo 269 del Código Penal de Nuevo León establece que, cuando el agresor es un pariente consanguíneo, afín o civil en línea recta, o en línea colateral hasta el cuarto grado, las sanciones por delitos sexuales como violación o delitos equiparados se duplican.
En el caso de Ricardo "N" y Lupita, si se confirma que ambos son legalmente esposos, el vínculo matrimonial implicaría que la pena por cualquier delito cometido por Ricardo contra Lupita, como una violación o tentativa de violación, sería duplicada según lo dispuesto en este artículo.
Así, si la pena original fuera de tres a once años de prisión, podría llegar a ser de seis a veintidós años, debido al agravante de la relación matrimonial.