El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, a través de la Sala Regional Monterrey, confirmó las sanciones impuestas por el Tribunal Estatal Electoral (TEE) en contra del gobernador Samuel García, y el Alcalde de Guadalupe, Héctor García García, por violaciones a los derechos político-electorales durante el pasado proceso electoral.
Los magistrados de la sala regional determinaron que las resoluciones del TEE fueron emitidas conforme a derecho y con pleno sustento legal.
Por ello, a pesar de las impugnaciones presentadas por ambos funcionarios, el TRIFE decidió mantener las sanciones y no revocar los fallos del tribunal estatal.
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Durante la sesión de este viernes, el TRIFE concluyó que el TEE evaluó correctamente cada caso y, aunque se consideró la posibilidad de alguna falla, no se encontró ningún vicio que invalidara las sanciones.
Se argumentó que existen lineamientos claros sobre la actuación de figuras políticas y gubernamentales durante los procesos electorales, los cuales fueron infringidos.
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En el caso de Samuel García, el tribunal determinó que el mandatario promovió encuestas de campaña en sus redes sociales que favorecían a su esposa, Mariana Rodríguez, quien en ese momento era candidata a la alcaldía de Monterrey por el partido Movimiento Ciudadano.
Según la legislación electoral, la difusión de este tipo de contenido por parte de una figura de poder, constituye una violación directa a las normas establecidas.
Asimismo, se argumentó que, en su calidad de gobernador, García Sepúlveda debía haberse abstenido de replicar, publicar o difundir encuestas que mostraran ventaja electoral de cualquier candidato, en cumplimiento con las disposiciones legales vigentes.
Por su parte, en el caso del Alcalde de Guadalupe, Héctor García García, intentó impugnar una sanción del TEE en su contra.
Sin embargo, el TRIFE confirmó que el entonces candidato cometió una infracción al incluir en su propaganda política videos en los que aparecían menores de edad sin contar con los permisos correspondientes.
Además, en algunos de estos materiales no se incluyeron los emblemas ni las autorizaciones oficiales de Movimiento Ciudadano, a pesar de tratarse de contenido de campaña, lo que también constituye una falta conforme a la ley electoral.