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Ciclistas y conductores: ¿Quiénes tienen la prioridad según el reglamento de tránsito?

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En el reglamento de Seguridad Vial de Monterrey, se establecen las diversas normas que deben de seguir tanto los peatones, conductores, pasajeros o propietarios de cualquier tipo de vehículo si desean circular por las calles del municipio. 

De acuerdo a lo que establece este documento, se indica que existe una prioridad en los espacios públicos, tanto para movimientos, circulación y estacionamiento, así como para las maniobras de ascenso y descenso de pasajeros o de carga y descarga.

La jerarquía es la siguiente: 

  • Peatones
  • Ciclistas
  • Motociclistas
  • Usuarios y prestadores del servicio de transporte público individual o colectivo
  • Usuarios de transporte particular automotor
  • Usuarios y prestadores del servicio de transporte de carga

Según lo establecido en el Reglamento de Tránsito de Monterrey, en las vías de circulación donde el Municipio designe carriles específicos como ciclovías, ciclocarriles y carriles compartidos con ciclistas, los conductores de vehículos automotores están obligados a respetar el derecho de tránsito y otorgar preferencia a los ciclistas que transiten en dichos carriles.

Sin embargo, pese a que los ciclistas tienen la preferencia sobre los conductores de vehículos particulares, los ciclistas deberán deberán de cumplir con el siguiente reglamento: 

  • Preferentemente, deberán circular por el carril derecho, a menos que estén realizando un giro a la izquierda o necesiten rebasar un vehículo más lento.
  • Al rebasar vehículos estacionados, los ciclistas deberán maniobrar con precaución.
  • La circulación en el carril de bicicleta se realizará en una sola fila, y cuando el señalamiento lo permita, podrán transitar dos o más ciclistas.
  • No se permitirá llevar carga que obstaculice la visibilidad, equilibrio o adecuado manejo de la bicicleta.
  • Queda prohibido el uso de teléfonos celulares, radios, reproductores de sonidos y cualquier otro mecanismo que cause distracciones durante la conducción.
  • Se prohíbe dar vueltas en medio de la cuadra.
  • Los ciclistas no deberán circular por la banqueta, zonas de seguridad, jardines ni espacios peatonales, a excepción de las ciclovías o ciclopistas diseñadas con ese propósito en parques o camellones, a menos que sean menores de 8 años, quienes podrán circular por las banquetas con precaución y respeto a los peatones.
  • Es obligatorio manejar la bicicleta, bicimoto o triciclo de manera adecuada, evitando realizar piruetas u otras maniobras peligrosas para ellos o para otros usuarios de la vía pública.
  • Los ciclistas tienen la obligación de respetar todas las señales de tránsito.
  • En ningún caso se permite la circulación en sentido contrario al tráfico normal de vehículos ni cruzar de una calle a otra o de un extremo a otro de la vía.
  • Se prohíbe sujetarse de otro vehículo para ser remolcado.