Una juez de distrito rechazó suspender el proceso penal que se inició en contra de Uriel Carmona Gándara por el delito de encubrimiento por favorecimiento que le imputó la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX) dentro de la carpeta de investigación 012/2310/2023-OA.
El fiscal de Morelos interpuso el juicio de amparo el pasado 5 de septiembre para impugnar lo que calificó como la inconstitucional restricción de su libertad personal y el libre ejercicio de su cargo, así como la sujeción y substanciación del proceso penal, y la orden verbal o escrita a todos los titulares y agentes del Ministerio Público que integran las diferentes Fiscalías de Investigación, a fin de que “sistemáticamente instauren y consignen ante los jueces de control sendas carpetas de investigación en contra del quejoso con el fin de llevar a cabo una pesquisa y mantenerlo en prisión preventiva”.
No obstante, la impartidora de justicia negó concederle la suspensión provisional a Carmona Gándara, al argumentar que, de forma preliminar, los actos reclamados no son inconstitucionales, además de que el proceso penal es de orden público e insuspendible, pues la sociedad está interesada en que los juicios se tramiten sin interrupciones a efecto de sancionar a los probables responsables de conductas delictivas.
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Del mismo modo, rechazó suspender la integración y tramitación de diversas indagatorias, ya que con la medida cautelar se obstaculizaría la etapa de investigación, con lo que se vulneran disposiciones de orden público y se afectaría el interés social.
La juzgadora le otorgó a Uriel Carmona la suspensión provisional contra la prisión preventiva, sin que ello implique su libertad, pues deberá quedar a disposición del juez de control en el lugar que se encuentre recluido.
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El Fiscal de Morelos ya impugnó la resolución, por lo que en las próximas horas un tribunal colegiado deberá resolver si la confirma, modifica o revoca.