FEMINICIDIOS

Dicta jueza apertura de juicio oral contra ex vocera de la PGJCDMX por caso Lesvy Berlín

En las audiencias del 14 de enero y 18 de febrero de 2022, la imputada solicitó la suspensión condicional del proceso.

La ex PGJ en un principio dijo que Lesvy Berlín había fallecido por suicidio.
La ex PGJ en un principio dijo que Lesvy Berlín había fallecido por suicidio.Créditos: Cuartoscuro
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Al no llegar a un acuerdo en la etapa intermedia, la Jueza de Control, Gloria Hernández Franco, emitió el auto de apertura a juicio oral contra María Elena ”C”, ex directora de comunicación social de la entonces Procuraduría General de Justicia capitalina, ya que se le atribuye haber ordenado la emisión de mensajes en redes sociales que revictimizaron a Lesvy Berlín Rivera Osorio.

La joven fue víctima de feminicidio la madrugada del 2 de mayo de 2017 en Ciudad Universitaria, por lo que la PGJ inició una carpeta de investigación y en principio determinó que Lesvy había fallecido por suicidio.

Un año después de que la ex vocera de Rodolfo Ríos Garza, ex procurador, fue vinculada a proceso, la juez de Control, Gloria Hernández Franco, determinó la apertura a juicio oral.

De acuerdo con el Observatorio Nacional del Feminicidio, la defensa de Elena Cárdenas desarrolló estrategias que derivaron en la dilación del proceso, por lo que desconoció como víctima a los padres de Lesvy Berlín, al señalar que el delito de ejercicio ilegal del servicio público es resultado formal, y sólo en agravio de la sociedad, por lo que en las audiencias del 14 de enero y 18 de febrero de 2022, la imputada solicitó la suspensión condicional del proceso.

En estas, ofreció gel, cubrebocas, cloro y sanitizante como medidas de reparación a la sociedad, aprovechando la contingencia sanitaria, lo que revictimizó a los padres de la mujer fallecida.

El Observatorio puntualizó que a pesar del llamado de la jueza de control para que la imputada y su defensa buscaran el diálogo con las víctimas indirectas y así atender su solicitud de salida al juicio, la imputada y su defensa apelaron y posteriormente, recurrieron al amparo para buscar que la autoridad judicial negara la calidad de víctimas a los padres de la chica.

Las víctimas indirectas realizaron un plan de reparación integral del daño que incluía rehabilitación psicológica y de salud, así como medidas de satisfacción y de no repetición de los hechos.

Esto, consistía en una guía dirigida a las áreas de comunicación social para el tratamiento de la información relacionada con víctimas de violencia en razón de género, y que ésta fuera presentada en un acto de disculpa pública, con enfoque restaurativo.

La respuesta de la imputada tampoco sucedió y bajo el argumento de resolver detalles sobre el plan de reparación, solicitaron una vez más el diferimiento de la audiencia intermedia del 11 de octubre de 2022.

En la audiencia del 17 de noviembre del año pasado, asegura el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio que, la defensa de la acusada sostuvo que el plan de reparación del daño se trataba de exigencias de las víctimas que su representada no podía cumplir.

Por estos motivos la jueza de control -asegura el Observatorio-, las víctimas se opusieron a conceder la suspensión condicional del proceso, por lo que se generó la apertura del juicio oral.