SEGURIDAD

SCJN avala constitucionalidad de la Ley Nacional del Registro de Detenciones

La Corte ordenó al Congreso de la Unión subsanar una omisión legislativa para evitar la vulneración de la base de datos. 

Pleno de la SCJN.
Pleno de la SCJN.Créditos: Foto: Captura de pantalla
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El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que la Ley Nacional del Registro de Detenciones no violenta la Constitución, sin embargo, ordenó al Congreso de la Unión subsanar una omisión legislativa para evitar la vulneración de la base de datos. 

Durante la sesión de este martes, los ministros de la Corte desahogaron una acción de inconstitucionalidad que promovió la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en la cual, demandó la invalidez de los artículos 19 y Quinto Transitorio de dicha ley, publicada el 27 de mayo de 2019. 

El ministro Javier Laynez, quien se encargó de la elaboración del proyecto que fue aprobado, expuso que las fuerzas armadas que actúen en tareas de seguridad pública están obligadas a notificar de las aprehensiones que realicen, tal como lo establece la Ley Nacional del Registro de Detenciones. 

Los ministros consideraron también que el Congreso de la Unión, no ha legislado para regular la actuación del personal del Registro Nacional de Detenciones, en caso de que se presenten hechos que pudieran poner en riesgo la base de datos. 

Por ello, deberá atender este asunto en los próximos dos periodos de sesiones a fin de contar con las leyes y el reglamento necesarios sobre este asunto. 

Cabe destacar que este es el primero de los asuntos que están pendientes de resolver en la SCJN sobre la llamada militarización de la seguridad pública en el país.