SEGURIDAD

SCJN invalida reducción de plurinominales en Tabasco

Los ministros consideraron que reducir de 14 a 8 el número de diputaciones plurinominales provoca un desbalance en la representatividad.

Pleno de la SCJN.
Pleno de la SCJN.Créditos: Foto: Captura de pantalla
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las reformas a la Constitución de Tabasco con las que se redujo de 14 a 8 el número de diputaciones plurinominales al argumentar que con ello se provoca un desbalance en la representatividad.

Los ministros consideraron que estos cambios abrirían la puerta para que el partido político mayoritario adopte, es solitario, las decisiones políticas más importantes de la entidad, sin tomar en cuenta a las minorías.

Al respecto, el ministro Luis María Aguilar Morales aseveró que la reducción de las diputaciones plurinominales es inconstitucional porque genera un desequilibrio en la democracia representativa que frustra los fines del pluralismo político.

“La reducción de las diputaciones locales a costa de los escaños de representación proporcional vulnera los fines de la democracia representativa y el pluralismo político, pues al suprimir seis escaños parlamentarios, que se eligen por medio del sistema de representación proporcional, el efecto que se genera en un sistema electoral es limitar las posibilidades de los partidos con menor fuerza en el estado, lo que debilita el pluralismo político y distorsiona el valor del voto ciudadano”.

Al hablar en contra, la ministra Loretta Ortiz Ahlf señaló que la reforma sí garantiza la participación de las fuerzas partidistas minoritarias.

“Considero que la reducción de diputaciones bajo el principio de representación proporcional respeta dicho límite, pues la conformación del Congreso federal no debe imponerse a las entidades federativas y se sigue garantizando que las fuerzas políticas que tengan un menor respaldo ciudadano puedan participar en la toma de decisiones”.

Como efectos de su fallo, la SCJN ordenó la reviviscencia del texto del artículo 12 de la constitución estatal, anterior a la reforma, con lo cual, en las próximas elecciones locales, se votará de nuevo por un congreso con un total de 35 integrantes, de los cuales 14 deberán ser de representación proporcional.

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