Un tribunal federal revocó el sobreseimiento de la causa penal que se inició en contra de tres abogados y un asesor financiero por presuntos actos de extorsión en agravio de Juan Collado Mocelo, quien actualmente se encuentra preso en el Reclusorio Norte.
Con esta resolución de la magistrada Graciela Santés Magaña, titular del Cuarto Tribunal Unitario en materia Penal, la Fiscalía General de la República (FGR) tiene la posibilidad de continuar con la indagatoria, ello con el fin de obtener más elementos de prueba y en su caso volver a judicializar el caso.
Asimismo, la juzgadora confirmó el fallo del juez de control Felipe de Jesús Delgadillo Padierna, quien decretó el auto de no vinculación a proceso a favor de los abogados Juan Antonio Araujo Riva Palacio, César Omar González Hernández e Isaac Pérez Rodríguez y el asesor financiero David Gómez Arnau.
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Los cuatro fueron imputados por los delitos de extorsión, tráfico de influencias, asociación delictuosa y lavado; sin embargo, Santés Magaña consideró que la investigación, la imputación y la solicitud de vinculación a proceso partieron de una lectura incorrecta de los tipos penales.
Lo anterior, agregó, dio lugar a la ausencia de información sobre las conductas penalmente relevantes como las acciones ejercidas por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), el Poder Judicial de la Federación (PJF), la FGR y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV).
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En el caso de la extorsión, la magistrada refirió que este delito no se configura porque Collado Mocelo sabía que eran ilegales las gestiones que le propusieron para salir de prisión; y, sobre el lavado, señaló que era parte de la extorsión y que en este caso no podía imputarse como un delito independiente.
Sobre el tráfico de influencias, destacó que para imputar el ilícito, antes se debe acreditar que se hicieron gestiones ilegales específicas de los imputados ante la FGR, la UIF, el PJF y la CNBV.