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En el periodo de 2014 a 2017, el Observatorio Ciudadano Nacional de Feminicidio (OCNF, con 40 organizaciones de 22 estados del país), documentó 118 asesinatos de mujeres, de los cuales sólo 35 fueron investigados como feminicidios, es decir sólo 29.66%.
El Informe “Implementación del tipo penal de feminicidio en México: Desafíos para acreditar las razones de género 2014-2017”, se visibiliza cómo la Procuraduría General de Justicia del Estado de Colima “no proporcionó información completa” y las autoridades estatales “no proporcionaron características sociodemográficas de las víctimas de feminicidio, ni sobre los hallazgos de los asesinatos, tampoco contestaron cuál es su situación jurídica”.
La omisión de la información impide conocer la edad de las víctimas, el método a través del cual fueron asesinadas, el lugar del hallazgo, la relación entre la víctima y el victimario, entre otros datos que pueden servir para identificar patrones delictivos y generar políticas públicas de prevención, atención y sanción del delito alertan las defensoras de mujeres.
Si bien Colima fue de los primeros estados en tipificar el delito de feminicidio, no obstante, se detectó la falta de acreditación del feminicidio en el estado.
Esto, además de una omisión estatal, representa la permisibilidad para que el delito persista, lo que es aún más preocupante en un contexto criminal y de aumento de la violencia contra las mujeres. De igual forma, la falta de acreditación deriva en la ausencia de investigaciones y por ende en la impunidad de los casos.
A pesar de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres en Colima (AVG) -declarada el 20 de junio de 2017- el OCNF documentó que los propios Ministerios Públicos han manifestado que para acreditar el feminicidio, “es necesario demostrar la intencionalidad del agresor, particularmente los motivos de odio o aversión hacia las mujeres”. Además, la autoridad ministerial se niega a acreditarlo, pues lo considera innecesario, ya que -a su dicho- resuelven más rápido los homicidios de mujeres que los feminicidios”.
En cuanto al protocolo de investigación del delito de feminicidio en el estado, si bien Colima cuenta con él desde mayo de 2013, en el que estableció que toda muerte violenta de mujeres se debe investigar como feminicidio —incluso antes que la sentencia histórica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobre el caso de Mariana Lima— en la práctica el protocolo no es aplicado y no se ha actualizado al nuevo sistema de justicia penal, y por lo tanto, no cuenta con los estándares actuales de debida diligencia y perspectiva de género.
El Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio hace un llamado a las autoridades del estado de Colima para que a la brevedad se investigue toda muerte violenta de mujeres como feminicidio, incluyendo los suicidios, accidentes y los que se comentan en contextos relacionados con el crimen organizado.
Que se abra una Unidad de Análisis y Contexto, que fortalezca las investigaciones e identifique los diversos contextos de criminalidad en los que están inmersos los feminicidios en el estado.
También demanda la actualización de su protocolo de investigación del delito de feminicidio, a fin de que este promueva la incorporación de la perspectiva de género en todas las actuaciones del personal y las autoridades encargadas de la investigación, para que en este mismo sentido, se promueva la capacitación para las y los operadores, hecho que garantizará la debida diligencia, el esclarecimiento del hecho y el acceso a la verdad y a la justicia.
Se establezcan los mecanismos efectivos para garantizar la reparación integral del daño que incorpore las medidas de atención y rehabilitación a niñas, niños y adolescentes huérfanos/as (como lo hicieron los estados de México y Jalisco en el marco de la AVG), sin que éstos se supediten a los procesos judiciales.