La Comisión Ambiental de la Megalópolis (CAME) actualizó su reporte sobre la contingencia ambiental para la tarde de este jueves 24 de abril. Tras el informe, la Fase 1 continúa en la Zona Metropolitana del Valle de México.
Fue el pasado 23 de abril cuando las autoridades activaron este protocolo. Explicaron que el objetivo principal de mantener esta medida es proteger la salud de la población y limitar la exposición al aire contaminado.
Y es que el Sistema de Monitoreo Atmosférico de la Ciudad de México señaló que las condiciones del clima no favorecieron la dispersión de contaminantes.
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Además, se detectó una zona de alta presión que afectó el centro del país, lo que provoca poca nubosidad, fuerte radiación solar y una atmósfera estable.
Lo anterior contribuyó a la acumulación de ozono y otras sustancias dañinas en el ambiente.
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¿cómo aplica el Hoy No Circula?
Este jueves 24 de abril, deberán suspender su circulación, en horario de las 5:00 a las 22:00 horas:
1. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 2.
2. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 1, cuyo último dígito numérico sea 1, 2, 3, 5, 7 y 9 .
3. Los vehículos de uso particular con holograma de verificación 0 y 00, engomado verde, terminación de placa 1 y 2.
4. Las unidades que no porten holograma de verificación, como los vehículos antiguos, de demostración o traslado, nuevos, los que tienen pase turístico, placas foráneas o con placas formadas por letras, les aplica la misma restricción que a los vehículos que portan holograma 2.
5. Restricción a la circulación del 50% de las unidades de reparto de gas L.P. a tanques estacionarios, que no cuenten con válvula de desconexión seca, cuya terminación de matrícula sea NON.
6. Los vehículos de carga local o federal, dejan de circular entre las 6:00 y las 10:00 horas, con excepción de aquellos que se encuentren en el Programa de Autorregulación de la CDMX o del EDOMEX.
7. Los taxis con holograma de verificación “00”, “0”, “1” o “2” que deban dejar de circular de acuerdo a las disposiciones indicadas en los incisos 1), 2), y 3), les aplicará la restricción a la circulación de las 10:00 a las 22:00 horas.