CULTURA CÍVICA

¿Es legal apartar lugares de estacionamiento en la calle colocando botes o llantas?

¡Cuidado! Esta mala práctica puede traerte consecuencias económicas importantes.

Te contamos qué dice la Ley de Cultura Cívica de la CDMX respecto a este tipo de acciones.
Te contamos qué dice la Ley de Cultura Cívica de la CDMX respecto a este tipo de acciones.Créditos: Cuartoscuro / Freepik
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Seguramente, al transitar por algunas calles de la CDMX, habrás notado que hay personas que tienen como costumbre apartar lugares de estacionamiento colocando botes o llantas, un hábito que, además de ofrecer un mal paisaje, puede generar una multa importante, por lo que, si tú llevas a cabo este tipo de acciones, te recomendamos dejar de hacerlo para evitar caer en infracciones.

Más allá de lo que puedas pensar, esta práctica se ha hecho muy común en calles, avenidas, viaductos y calzadas de la capital del país; se trata de una especie de mensaje que dice “no te estaciones en mi lugar”, pero, ¿es esto legal? ¿Qué dice la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México respecto a este hábito?

Foto: Usnplash

Esta es la multa por apartar lugares de estacionamiento con botes o llantas en la CDMX

Si eres de las personas que apartan “sus” lugares de estacionamiento en la calle con botes de agua o llantas, o si, por el contrario, te has visto afectado por este tipo de prácticas, te recomendamos leer lo que dice el artículo 28 Fracción II de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, el cual, textualmente, señala lo siguiente:

Son infracciones contra la seguridad ciudadana: “Impedir o estorbar de cualquier forma el uso de la vía y el espacio público, la libertad de tránsito o de acción de las personas, siempre que no exista permiso ni causa justificada para ello, para estos efectos, se entenderá que existe causa justificada siempre que la obstrucción del uso de la vía pública, de la libertad de tránsito o de acción de las personas sea inevitable y necesaria y no constituya en sí misma un fin, sino un medio razonable de manifestación de las ideas, de expresión artística o cultural de asociación o de reunión pacífica”.

Entonces, ¿cuál es la multa por no respetar este artículo?

De acuerdo con lo que indica la Ley de Cultura Cívica de la CDMX, se sancionará a la persona con una multa por el equivalente de 1 a 10 veces la Unidad de Medida o arresto de 6 a 12 horas o trabajo en favor de la comunidad de 3 a 6 horas.

Foto: Usnplash

En síntesis: La Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México señala que es ilegal apartar, ya sea con botes o con llantas, lugares de estacionamiento en la calle, por lo que, si tienes ese hábito o te has visto afectado por este tipo de prácticas, para emitir tu denuncia deberás acudir al Centro de Servicio y Atención Ciudadana (CESAC) de la alcaldía que te corresponde.