INSTITUTO ELECTORAL

Aprueba IECM lineamientos y plazos para proceso de Revocación de Mandato

La consejera Electoral Sonia Pérez explicó que como parte de estos lineamientos, se establece que la solicitud debe ser presentada por un Comité Promotor.

Sesión en el IECM.
Sesión en el IECM.Créditos: IECM
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Este lunes el Consejo General del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) aprobó los Lineamientos para la organización y desarrollo de Revocación de Mandato para las Diputaciones y Alcaldías electas en la capital del país.

En sesión extraordinaria, la consejera Electoral Sonia Pérez explicó que como parte de estos lineamientos, se establece que la solicitud debe ser presentada por un Comité Promotor, la cual debe ir acompañada de un listado de firmas equivalente al 10% de las personas inscritas en la Lista Nominal de Electores en el ámbito geográfico respectivo.

“La solicitud debe ser presentada a través de un comité promotor, esto es por un grupo de hasta cinco personas ciudadanas, dentro de las cuales deberán nombrar a una persona representante. La solicitud debe acompañarse por un listado de firmas de apoyo de la ciudadanía equivalente al 10% de la ciudadanía inscrita en la lista nominal de electores del ámbito territorial que corresponda a la diputación o alcaldía respecto de la cual se solicita este ejercicio”, indicó.

“La lista nominal de lectores que se tomará como base para determinar dicho porcentaje es la que nos había proporcionado el INE en este mes de marzo, ya que es cuando se cumpliría la mitad del mandato de la persona sujeta a revocación”.

Explicó que si se recibieran dos o más solicitudes de diversos comités promotores para un mismo servidor público se tramitarán por separado para verificar las firmas, pero aclaró que se van a integrar a una misma base de datos y solamente se contará una firma por persona.

Finalmente, agregó, si la suma de apoyos cumple con el porcentaje requerido, la solicitud será procedente.

En tanto, el consejero Mauricio Huesca informó que será a partir del 1 de abril cuando la ciudadanía pueda ingresar su solicitud para iniciar un proceso de revocación de mandato.

“Las solicitudes que la ciudadanía desee presentar deberán presentarse entre el uno y el 21 de abril de esta anualidad, con las firmas correspondientes y dentro de los 30 días naturales siguientes se procederá a la verificación del porcentaje de firmas de apoyo de la ciudadanía, de conformidad con lo que establecen estos lineamientos”.

“En caso de qué se alcance el porcentaje requerido se emitirá la convocatoria dentro de los 10 días naturales siguientes y una vez emitida la convocatoria tanto la persona sujeta a la revocación de mandato como las personas solicitantes podrán llevar a cabo actos de promoción para la consulta debiendo concluir todo tipo de acción tres días previos antes de la jornada”.

Asimismo, precisó que para la organización y desarrollo de este instrumento, se conformará un Comité Técnico de Revocación de Mandato (COTEREM), el cual se integrará por 3 personas académicas especialistas en materia electoral y mecanismos de democracia directa, y tendrá la responsabilidad de formular la pregunta a realizarse en la jornada consultiva establecida para el 27 de agosto próximo.

En su oportunidad, la Consejera Presidente Patricia Avendaño, destacó que este ejercicio es meramente ciudadano y que el trabajo realizado por las áreas es muestra de que la vocación del IECM es lo electoral pero también la participación ciudadana.