SENTENCIA

Ordena la SCJN al Congreso expedir Ley para Personas Jóvenes

La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que el Congreso de la Unión incurrió en una omisión legislativa al no expedir esta ley.

La ministra Loretta Ortiz Ahlf tuvo a su cargo el proyecto de resolución.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf tuvo a su cargo el proyecto de resolución.Créditos: Cuartoscuro
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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Congreso de la Unión incurrió en una omisión legislativa absoluta al no expedir la Ley General en materia de Personas Jóvenes, tal y como lo establece el artículo segundo transitorio del decreto de la reforma constitucional publicado el 24 de diciembre de 2020.

Por ello, el alto tribunal le concedió el amparo a un grupo de jóvenes para que el Poder Legislativo apruebe y emita dicha norma.

La ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien tuvo a su cargo el proyecto de resolución, precisó que con este fallo no se está sustituyendo la función legislativa.

“Ordenar al Congreso Cumplir con un deber constitucional no implica sustituir su función legislativa. Finalmente, respecto a los efectos, se estima que deben modificarse para ordenar al Congreso subsanar la omisión legislativa mediante la expedición de la ley. La propuesta busca afirmar que el reconocimiento constitucional del derecho al desarrollo integral de este grupo etario, no puede permanecer sin desarrollo normativo”.  

El alto tribunal dio un plazo de dos periodos legislativos para dar cumplimiento a la sentencia, toda vez que ya existen diversas iniciativas, una de ellas se presentó en febrero de este año, lo que da cuenta que el tema ya se encuentra en la agenda legislativa.

El ministro Giovanni Figueroa Mejía se pronunció en contra de este plazo, al argumentar que la Corte no tiene por qué justificar un desacato.

“Dar un plazo tan largo, inclusive, sería ampliar, además del plazo que ya ha transcurrido, ampliar a cerca de un año más, la emisión del ordenamiento que nos ocupa y este tribunal constitucional no tiene por qué justificar los desacatos de la rama legislativa, sino ordenar que se cumpla el mandato de la ley fundamental, ese es nuestro deber, en el menor tiempo posible”.

Figueroa Mejía aseveró que será el juez de distrito el que decida sobre eventuales solicitudes de prórroga que pida el Congreso de la Unión, mismas que deben estar justificadas.