El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió el amparo directo en revisión 2798/2025, con el objetivo de determinar si los preceptos actuales de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia son suficientes para proteger los derechos de la infancia.
Este análisis surge en un contexto donde el máximo tribunal busca homologar criterios para que las autoridades jurisdiccionales actúen bajo una perspectiva de género real y efectiva.
¿Qué es la violencia vicaria según la Corte?
Durante la sesión, la ministra Yasmín Esquivel Mossa calificó a la violencia vicaria como una de las manifestaciones más severas de desigualdad de género en la sociedad contemporánea.
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Este fenómeno se define como el conjunto de acciones violentas ejercidas contra las hijas e hijos con el propósito deliberado de causar un daño emocional o físico a la madre, provocando, paralelamente, efectos discriminatorios y de vulnerabilidad hacia los propios menores.
"Se debe escuchar la opinión de los menores sin generar revictimización, valorándola dentro del contexto de violencia acreditada para desacreditar influencias indebidas", enfatizó la ministra Esquivel Mossa.
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Protección integral y el interés superior de la niñez
La ministra subrayó la importancia de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada originalmente en 2007. Este instrumento jurídico, que coordina esfuerzos entre la Federación, estados y municipios, es ahora el eje sobre el cual la Corte busca fijar nuevos parámetros de actuación judicial.
Los ejes centrales que la SCJN busca implementar incluyen:
- Perspectiva de género: Garantizar que cada resolución cumpla con estándares internacionales y tratados vigentes.
- Escucha activa sin revictimización: Implementar mecanismos para conocer la opinión de niñas, niños y adolescentes, protegiéndolos de procesos judiciales desgastantes.
- Valoración integral: Analizar las pruebas en el contexto de violencia acreditada, detectando posibles manipulaciones o influencias indebidas que alteren la voluntad de los menores.
Con esta resolución, el Alto Tribunal pretende orientar a jueces y magistrados para que el interés superior de la niñez prevalezca, asegurando que la violencia ejercida contra la madre no se convierta en un instrumento para desproteger a los hijos en los procesos legales.
