La ministra Yasmín Esquivel Mossa acusó a su homóloga Lenia Batres Guadarrama de querer revivir un asunto que ya fue juzgado y mediante el cual el Servicio de Administración Tributaria (SAT9 busca cobrar un crédito fiscal por 4 mil 306 millones de pesos a la empresa Juegos del Bajío.
Durante la sesión de este jueves de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), siete ministros se pronunciaron a favor del proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahfl, quien propuso desechar el recurso de reclamación interpuesto por la compañía de casinos, la cual impugnó que se haya admitido a trámite a la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción del SAT.
Créditos: Cuartoscuro.
Esquivel Mossa votó en contra al señalar que sí resulta procedente el recurso, debido a que la empresa sufre una lesión en su esfera de derechos, debido a que el 5 de marzo de 2025, la extinta Segunda Sala determinó que el asunto correspondía resolverlo a un Tribunal Colegiado de Circuito y ahora, pese a ello, se da trámite a una nueva solicitud para revertir esa sentencia.
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“En este caso, ni siquiera podríamos pensar que se trata de una nueva solicitud de ejercicio de la facultad de atracción, pues quien hizo suya la primera petición, sin éxito, fue la ministra de Lenia Batres Guadarrama y, quien ahora nuevamente también hace suya la solicitud de atracción, es la misma ministra Batres, por lo que me parece que la empresa recurrente tiene el legítimo derecho de oponerse, a través del presente recurso de reclamación, a que, por segunda ocasión, se insista y, peor aún, se revoque un tema que ya fue resuelto en forma definitiva”.
En respuesta, Batres Guadarrama justificó sus pretensiones al argumentar que el reglamento de la Corte le permite solicitar varias veces la atracción de un mismo asunto.
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“Su servidora, efectivamente, ha solicitado en más de una ocasión, más de un asunto, su atracción, porque nuestro reglamento permite la votación de en cualquier número de veces de un mismo asunto. La atracción en realidad no resuelve el asunto ni en su forma ni en su fondo y por eso es que se permite que esta Corte pueda discutir más de una vez la atracción de un mismo asunto; en ese sentido, no se puede considerar, de ninguna manera, cosa juzgada”.
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Sin embargo, Yasmín Esquivel insistió que este tema ya es cosa juzgada; incluso, señaló que se pretende acosar a la empresa.
“Efectivamente puede haber precedentes en donde un asunto pueda solicitarse en dos ocasiones la SEFA, pero este caso es distinto, porque aquí efectivamente ya había una resolución de la Segunda Sala en la que se determinó que el asunto no se atrajera, en eso, en los precedentes, no había la figura de cosa juzgada que sí se da en este caso.Y yo considero que no se puede acosar a una empresa por el hecho de que tengan una resolución que le favoreció en el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. ¿Cómo se defiende entonces la empresa quejosa de esta resolución, que ahora nuevamente lo trae a que la Corte pueda atraer un asunto?”.
En la misma sesión, la Corte fijó un criterio para proteger la cosa juzgada en casos de órdenes de embargo durante la ejecución de una sentencia.
Al resolver la contradicción de criterios 23/2026, a propuesta de la ministra Yasmín Esquivel, el Pleno determinó que no procede el amparo indirecto contra embargos ordenados para cobrar una cantidad fijada en una sentencia.
