La ministra Lenia Batres Guadarrama presentó un nuevo proyecto de resolución en el que reitera su propuesta de que las indemnizaciones deben pagarse con base en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) y no con el salario mínimo.
El proyecto será discutido en la sesión del miércoles 18 de marzo
Este asunto deriva de una contradicción de criterios que se suscitó entre las extintas Primera y Segunda Sala del alto tribunal al resolver dos juicios de amparo relacionados con el fallecimiento de dos personas. La Primera Sala determinó que la indemnización debe pagarse con base en el salario mínimo, mientras que la Segunda Sala resolvió que debe ser con la UMA.
Al respecto, Batres Guadarrama señala que debe prevalecer el criterio sobre el uso de la UMA, ya que dicha cuantificación no implica un menoscabo o retroceso en el derecho a la justa indemnización, además de que se atiende a la naturaleza de su carácter civil, en el entendido de que su fin último es reparar un daño patrimonial y no una cuestión de carácter laboral.
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Menciona que con esta determinación se incentiva un sistema jurídico equitativo y coherente, toda vez que la implementación de la UMA responde al mandato de desindexación del salario mínimo y promueve indemnizaciones justas, proporcionales y equitativas, por lo que se fomenta la uniformidad jurídica y equilibra los derechos de las víctimas con la viabilidad económica de los responsables.
Asimismo, refiere que la UMA garantiza que las indemnizaciones reflejen la inflación y mantengan su valor real, cumpliendo con el principio de reparación integral sin violar el mandato constitucional de proporcionalidad y equidad, en el entendido de que dicha unidad se creó con la finalidad de lograr la recuperación de su poder adquisitivo de los trabajadores, dado que no podía aumentárseles el salario sin impactar en pagos de multas, créditos, derechos, contribuciones, indemnizaciones y otros conceptos financieros, administrativos y burocráticos
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En su proyecto, el cual está listado para su discusión en la sesión del miércoles 18 de marzo, Lania Batres puntualiza que la reparación debe, en la medida de lo posible, anular todas las consecuencias del acto dañoso, pero sin que la medida genere una ganancia a la víctima, sino únicamente un resarcimiento adecuado, de forma que las reparaciones no pueden implicar enriquecimiento ni empobrecimiento para la víctima.
