La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por mayoría de votos, que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) puede ordenar el congelamiento de cuentas bancarias sin necesidad de una autorización judicial previa, en casos relacionados con el uso del sistema financiero.
Durante la sesión pública de este 6 de abril de 2026, el Pleno del Máximo Tribunal analizó las facultades de la UIF y concluyó que dicha medida es válida como herramienta preventiva en el combate a delitos financieros.
Esquivel advierte vacíos legales en el congelamiento de cuentas
Al fijar su postura, la ministra Yasmín Esquivel Mossa votó en contra del proyecto, al considerar que la normativa vigente presenta ambigüedades importantes.
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Señaló que las conductas que pueden derivar en el congelamiento de cuentas no están claramente definidas en la ley, lo que, a su juicio, genera incertidumbre jurídica para los ciudadanos.
“Es indispensable que los gobernados conozcan con claridad los parámetros que permitan determinar quién puede ser sujeto de dicha medida preventiva”, sostuvo.
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Control constitucional y combate a delitos
La ministra subrayó que, en un Estado democrático, cualquier acción orientada al combate al crimen debe estar plenamente establecida en la Constitución, especialmente cuando implica restricciones a derechos.
También indicó que los jueces en materia penal están obligados a resolver de forma inmediata las solicitudes de las autoridades investigadoras, por lo que la intervención judicial previa no propicia impunidad, sino que fortalece el control constitucional.
Cómo votaron los ministros
El proyecto fue respaldado por los ministros Herrerías Guerra, Espinoza Betanzo, Ríos González, Aguilar Ortíz, Batres Guadarrama y Ortíz Ahlf.
En contraste, votaron en contra la ministra Esquivel Mossa, así como los ministros Guerrero García y Figueroa Mejía.
