JUSTICIA Y LIBERTAD DE EXPRESIÓN

El Estado debe garantizar un ejercicio periodístico libre de presiones y obstáculos: Yasmín Esquivel

Al analizar la protección a comunicadores, la Ministra de la SCJN subrayó que salvaguardar a un periodista protege el derecho de la sociedad a conocer la verdad.

La Ministra Yasmín Esquivel Mossa sostuvo ante el Pleno de la SCJN que el Estado tiene la obligación irrenunciable de eliminar cualquier obstáculo que impida la labor de los comunicadores.
La Ministra Yasmín Esquivel Mossa sostuvo ante el Pleno de la SCJN que el Estado tiene la obligación irrenunciable de eliminar cualquier obstáculo que impida la labor de los comunicadores.Créditos: Foto: SCJN
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La Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel Mossa, afirmó que defender la libertad de expresión es fundamental para preservar el Estado Democrático de Derecho. Durante la discusión del amparo en revisión 394/2025, destacó que el marco constitucional mexicano cuenta con mecanismos específicos que se activan ante amenazas contra periodistas por difundir información de interés público.

Esquivel Mossa enfatizó que proteger la labor informativa es, en esencia, salvaguardar el derecho de toda la ciudadanía a conocer la verdad.

Vulnerabilidad y perspectiva de género

La Ministra reconoció la compleja realidad que enfrentan quienes ejercen el periodismo en México, señalando una vulnerabilidad acentuada cuando se trata de mujeres periodistas. Ante este panorama, insistió en que el sistema de protección debe seguir reglas procesales claras que permitan evaluar periódicamente la necesidad de mantener las medidas de seguridad.

Certeza jurídica en el acceso a la justicia

En la sesión del Pleno se analizó el artículo 57, fracción II, de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas. La Ministra se pronunció a favor de validar el plazo de 30 días naturales para interponer recursos de inconformidad contra las decisiones de la Junta de Gobierno del Mecanismo de Protección.

  • Plazos razonables: El derecho al acceso a la justicia permite al legislador establecer requisitos temporales siempre que sean claros y generales.
  • Certeza jurídica: El plazo de 30 días no se considera desproporcionado y brinda orden al sistema procesal.
  • Flexibilidad: La normativa permite que, independientemente de los plazos de impugnación, la persona afectada pueda solicitar nuevamente la adopción o revisión de sus medidas de protección en cualquier momento.

Finalmente, la Ministra consideró que la legislación actual, aplicada bajo estos parámetros, permite una protección integral del gremio periodístico en el país.