El envío de tarjetas de crédito o débito que no han sido solicitadas por el usuario de la banca y el cobro de anualidades por plásticos que el derechohabiente no pidió debe quedar prohibido en la ley, demandó el líder parlamentario del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) en la Cámara de Diputados, Ricardo Monreal.
Al anunciar que este martes 30 de septiembre presentará una iniciativa de reforma en esa materia, Monreal Ávila admitió que están tentado a pedir que haya un nuevo fast track a su favor para que su propuesta salga rápidamente.
Tras asumirse víctima de prácticas abusivas de instituciones crediticias, aunque no ofreció más detalles, el congresista señaló que millones de personas entre los más de 60 millones de usuarios de la banca en el país, también se ven afectados.
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“Que se respete la privacidad de la persona, si tú no solicitaste la tarjeta, no tienen por qué enviarte tarjetas de crédito. Y si tú no has solicitado esos plásticos, menos te pueden cobrar por el uso o no uso ni menos te pueden penalizar”, expresó.
Manifestó que ese tipo de anomalías deben ser sancionadas, ya que afectan a muchos usuarios de la banca.
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“Es para eliminar, prohibir el hostigamiento y que las financieras o instituciones de banca y crédito te envíen tarjetas y luego te las cobren y no puedas cancelarlas. Habrá sanciones para quienes siendo instituciones financieras no acaten la disposición en la ley. Esto afecta a millones de personas, incluyéndome a mí”, apuntó.
Reforma sobre servicios financieros
Los cambios propuestos a la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros, en materia de cancelación y emisión de tarjetas de crédito y débito emitidas por entidades financieras y comerciales, establecen que esos organismos no podrán cobrar comisiones por el otorgamiento de servicios financieros, seguros, membresías o beneficios adicionales no autorizados previamente en el contrato de adhesión o sin consentimiento del cliente.
Prevén que mientras no se acredite el consentimiento expreso, no se podrá generar ningún cargo o comisión.
Las entidades emisoras de medios de disposición o tarjetas, deberán garantizar que la información sobre costos, cargos y comisiones sea veraz, clara y suficiente.
Quedará prohibida toda oferta, promoción o mensaje que de manera directa o indirecta induzca al usuario a considerar que los plásticos referidos carecen de costo, cuando en los hechos existan comisiones, anualidades, cargos adicionales o cualquier otra contraprestación asociada a los mismos.
El emisor deberá garantizar al usuario el derecho de cancelar las tarjetas de manera presencial, telefónica o digital.
Ante solicitudes de cancelación, éstas deberán ser atendidas de inmediato con un bloqueo preventivo, entendido como la suspensión temporal de toda transacción o cargo asociado, ello para evitar la realización de más operaciones en lo que se cancela en definitiva.
Los mecanismos de cancelación y bloqueo deben estar disponibles por las vías presencial, telefónica y digital, incluyendo las aplicaciones móviles, la banca en línea y portales web de los bancos, que tendrán que incluir botones, o ligas de acceso visibles y de acceso directo y mantenerlos disponibles las 24 horas del día, todo el año.
Las cancelaciones se realizarán en un plazo máximo de tres días hábiles a partir de la solicitud, no tendrán costo alguno al usuario, no se permitirán las sanciones ni comisiones por cancelar y se deberá comprobar por la vía digital o físico que terminó el contrato o se canceló la tarjeta de la que se trate.
Agrega que la emisión de tarjetas sin consentimiento expreso y verificable del cliente será nula de pleno derecho, por lo que tampoco generará obligación alguna al usuario y éste no tendrá que pedir la cancelación.
Prevé prohibir generar cargos por anualidad, comisiones u otros conceptos, y cualquier efecto en el historial crediticio, comportamiento de pago o falta de uso.
Si se llega aplicar algún cobro, la entidad financiera tendrá que reembolsar al afectado los cobros indebidos en un plazo máximo de cinco días hábiles, contados a partir de la presentación de reclamos ante la entidad emisora o a partir de la notificación que haga la autoridad competente.
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros se encargará de vigilar que las medidas se cumplan.
La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) intervendrá en el caso de emisores comerciales.
